AMÉRICA LATINA: LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

Y EL TERRORISMO GLOBAL

PARTE I

Introducción general

 

 

 

Desde el final de la Segunda Guerra Mundial el terrorismo ha sido la principal manifestación de violencia política en Europa Occidental; y durante la década de 2000 la respuesta estatal al terrorismo se ha materializado en intervenciones militares en Afganistán e Irak, así como en operaciones de carácter más limitado en puntos tan dispares como Somalia, Yemen o Pakistán[1].

 

El terrorismo, particularmente el terrorismo global o yihadista, ha modificado ciertos planteamientos en torno a la seguridad (y a la defensa) y generado importantes debates sobre la eficacia y actualización de los marcos jurídicos nacionales e internacionales, especialmente tras los atentados del 11 de septiembre de 2001 contra objetivos ubicados en los Estados Unidos. A partir de aquel momento, se produjo un significativo y trascendente cambio en la percepción del terrorismo en casi todo el mundo (de forma especial del terrorismo islámico), además de la adecuación de los procedimientos, las normas, las organizaciones y en los esfuerzos en materia de seguridad, defensa e inteligencia que muchos países venían haciendo.

Desde entonces y con mucha frecuencia -diaria en ocasiones- los medios de comunicación social presentan y analizan diferentes atentados terroristas llevados a cabo sin importar en qué parte del mundo sean. Muchos países.  regiones y organizaciones, tomaron medidas y promovieron acalorados debates y discusiones políticas y sociales que se tradujeron en la adopción de normas internacionales, nacionales o regionales en materia de lucha contra el terrorismo. En otras partes del mundo, la reacción, a pesar de valorarse inicialmente de forma similar, no se reflejó, por el contrario, en los marcos jurídicos correspondientes ni en la adopción de medidas extraordinarias que permitan enfrentar realmente el problema.

En algunas zonas geográficas, donde grupos terroristas nacionales o transnacionales actuaron con anterioridad (España, Francia o Italia, por ejemplo), el cambio se produjo sobre la base de la adecuación o modificación de procedimientos que ya se estaban implementando y, aunque con resultados y velocidades distintas, el acomodamiento fue analizado y recogido por muchos estudiosos del tema[2]. Un cambio importante y posiblemente uno de los casos más significativo por la complejidad, podría ser el experimentado en el seno de la Unión Europea (UE). En otros lugares como en los Estados Unidos, las modificaciones fueron de corte más drástico y profundo. Se crearon nuevas estructuras como el Departamento de Seguridad Interna (Homeland Security Department[3]) y en torno al nuevo concepto[4] se readecuaron las organizaciones de seguridad, defensa e inteligencia norteamericanas. En otras regiones, independientemente de las iniciativas que se pudieron tomar -producto del momento político y de la necesidad de crear un frente común auspiciado precisamente por los Estados Unidos y ciertos organismos internacionales,  no se avanzó sustancialmente en la temática, más allá de promover algunas declaraciones conjuntas. Se decidió, con el tiempo, que el problema del terrorismo global no debía figurar o ser incluido entre las prioridades nacionales o regionales, cuyos primeros lugares estaban ocupados por la delincuencia común, el desempleo, la discusión sobre la economía, la consolidación de los incipientes regímenes democráticos, la pobreza y un largo etcétera que incluye la salud, la educación y otros muchos. La anterior afirmación y el orden de prioridades indicado, fue recogido por diferentes analistas, incluso de países en donde el terrorismo nacional, internacional y global cometió brutales atentados. En tal sentido, es preciso destacar lo que Echeverría Jesús indica:

La escasa visibilidad que hoy tiene el terrorismo yihadista salafista en España al no atentar desde hace tiempo en nuestro suelo y en el de otros países europeos hace creer a algunos que está poco menos que vencido[5].

O este otro cometario de García Merlos:                                

La escasísima frecuencia de atentados islamistas en América Latina y la ambigüedad que se ha cernido en torno a la identidad y filiación grupal de los implicados en esos golpes ha provocado que la atención a la amenaza terrorista de esta matriz sea ciertamente limitada[6].

En resumen, pasada la coyuntura durante la cual se extendió la preocupación internacional y apaciguados los ánimos en ciertos organismos internacionales que por iniciativa de los países más afectados promovieron acuerdos, convenios y pactos, amén de la adopción de medidas comunes a todos ellos, la discusión continuó en la Unión Europea,  Estados Unidos, Canadá y Australia y en algún otro país aislado, y los resultados se reflejaron en modificaciones internas (algunas regionales), legales y organizativas de mayor o menor intensidad e importancia.

En América Latina[7], la trascendencia no pasó de la adopción de declaraciones conjuntas al respecto y todas ellas sin referencia concreta, precisamente, al terrorismo yihadista. En la región, el terrorismo se había manejado de forma “prudente” por la dificultad (interesada o conveniente) de establecer una clara frontera con los conflictos internos, conflictos armados o brotes de corte guerrillero que fueron el denominador común regional en las décadas de los 70’s y de los 80’s. Más adelante, el terrorismo se ha asociado con frecuencia (o eso se ha intentado hacer) al narcotráfico y a la actividad criminal organizada y de esa forma conjunta se maneja (o se ha pretendido manejar) el concepto, aunque nunca termina de precisarse su contenido. Hay dos países, sin embargo, que en los últimos informes sobre terrorismo y contraterrorismo del Departamento de Estado de los Estados Unidos, son señalados sistemáticamente como “patrocinadores” (sponsors) o “no cooperadores” (notcooperatingfully): Cuba y la República Bolivariana de Venezuela. Al respecto, el Country Report on Terrorism 2009indicó: “In May 2009, Venezuela was re-certified as “not cooperating fully” with U.S. antiterrorism efforts under Section 40A of the Arms Export and Control Act, as amended. Cuba continued to be listed as a state sponsor of terrorism”.[8]Algoreiteradounañodespués en idénticapublicación (2010)[9]:

In May 2010, for the fifth consecutive year, the U.S. Department of State determined that Venezuela was not cooperating fully with U.S. antiterrorism efforts pursuant to section 40A of the Arms Export Control Act.  Throughout the year, President Chavez rejected allegations that he or his government supported terrorism and instead accused the United States of sponsoring terrorism.  (…) In a July 22 special session of OAS Permanent Council, the Colombian Permanent Representative presented alleged evidence of FARC training camps in Venezuela and proposed an international verification commission to investigate the presence of FARC and ELN members in Venezuela. In response to these charges, the Venezuelan government broke diplomatic relations with Colombia, and on July 25, President Chavez denied that “a foreign paramilitary or military guerrilla force has taken over even the smallest millimeter squared of our sovereign territory.”

Y también en el mismodocumento en el año 2011: “In May, for the sixth consecutive year, the U.S. Department of State determined, pursuant to section 40A of the Arms Export Control Act, that Venezuela was not cooperating fully with U.S. antiterrorism efforts” [10].

Cada vez son más numerosas las evidencias que muestran la penetración del terrorismo islámico radical en América Latina y muchos analistas comienzan a plantear posibles escenarios de futuro que serán muy difíciles de enfrentar exitosamente, a no ser que se promueva, desde ahora, la necesidad de conocer y analizar en profundidad lo que está ocurriendo. Países con ciertas debilidades y diferentes formas de conflicto interno, parecen no prestar la suficiente y hasta necesaria atención a esta penetración y consecuentemente no emprenden acciones preventivas a lo interno ni tampoco las alientan lo suficiente en los foros internacionales a los que pertenecen, como en el caso americano lo es la Organización de los Estados Americanos (OEA). En relación con lo anterior, Farah advierte:

In order to understand the threat Hezbollah poses it is important to understand the regional context in which the group’s presence is growing. Its chief state sponsors -Iran and Syria who also are designated state sponsors of terrorism- are more than a decade into developing a range of close ties to criminalizing states in Latin America which also support violent criminal and terrorist groups[11].

La dinámica política de los países latinoamericanos pareciera avanzar en una dirección que no presta la necesaria atención (cuando no la evita) a esa amenaza que, por otra parte, lleva tiempo promoviendo y desarrollando infraestructura y generando partidarios, lo que permitirá que esté en condiciones de operar en el corto plazo. Por su parte, la OEA como organismo que aglutina a todos los países de la zona y cuenta con órganos especializados como el Comité Internacional Contra el Terrorismo -CICTE-,  tampoco termina de abordar contundentemente el tema y promover eficazmente soluciones consensuadas, además de no poder, por su propia constitución, imponer normas o procedimientos generales puesto que sus decisiones no son vinculantes para los países miembros salvo que sean tomadas por mayoría absoluta de los Estados[12] Un gran esfuerzo por promover determinadas resoluciones que no siempre son signadas por todos los países ni mucho menos tienen una proyección normativa a lo interno de los Estados, ha sido la mejor labor posible. En el  marco de estos planteamientos, surgen, naturalmente una serie de preguntas pendientes de contestar respecto al tema que se aborda:

          ¿Hay una penetración real del terrorismo yihadista en América Latina y, de ser así, dónde está ocurriendo y qué consecuencias puede tener para la región?

          ¿Cuál es el papel de Venezuela, y más concretamente de la administración Chávez, en la promoción y apoyo al terrorismo?

          ¿En qué otros países latinoamericanos se ha detectado presencia terrorista y qué balance podría hacerse al respecto?

          ¿Sobre qué definición de terrorismo se puede hacer una aproximación al estudio del problema dentro del marco general de las nuevas amenazas?

          ¿Se está en condiciones de abordar el tema específico del terrorismo yihadista o global o por el contrario es una terminología todavía nueva, desconocida o no utilizada?

          ¿Cuál ha sido el aporte de la OEA para contener y enfrentar exitosamente el terrorismo yihadista en la región?

          ¿Qué trascendencia han tenido, a lo interno de cada país, las diferentes cumbres, acuerdos o declaraciones que ese organismo internacional ha promovido?

          ¿Cuál es el papel prioritario y real del Comité Internacional Contra el Terrorismo (CICTE), dependiente de la OEA, en materia de terrorismo yihadista?

          ¿Qué evolución interna está teniendo la OEA desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 y cuál podría ser el futuro de la misma en paralelismo con la evolución geopolítica de América Latina?

Estas y otras preguntas forman parte de la investigación y se pretende buscar respuestas a las mismas, reflexionar sobre ellas y establecer las conclusiones pertinentes en orden a analizar los diferentes escenarios que se pudieran encontrar o proyectar. Para acotar el tema, se focaliza la atención en la OEA y no se consideran otros foros regionales o subregionales que pudieran abordar el tema del terrorismo de forma total o parcial, aunque en algún momento puedan ser objeto puntual de atención. Tampoco se contempla en su totalidad, el estudio del conjunto de iniciativas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) precisamente por ser un foro internacional y no ceñido, como se pretende, al subcontinente americano y sustancialmente a América Latina, aunque naturalmente se harán referencias concretas.

Este trabajo pretende centrarse en el análisis de las iniciativas regionales (circunscritas al ámbito latinoamericano), en materia de terrorismo y fundamentalmente reflexionar sobre el terrorismo yihadista y cómo la OEA ha ido abordando el problema a lo largo del tiempo en sus diferentes reuniones o en las declaraciones de sus órganos subordinados especializados en el tema. La idea general es promover un espacio de reflexión sobre si las propuestas generadas han sido suficientes y, sobre todo, si han sido adoptadas por los Estados y trasladadas a su legislación interna, además de reflexionar sobre el avance real en relación con la configuración de un marco legal suficiente y necesario para enfrentar el terrorismo global en la región.

I. Justificación de la Investigación

Se puede sustentar la justificación de la investigación en todo cuanto se ha expuesto con anterioridad.

La subregión latinoamericana parece estar voluntariamente desconectada de la problemática que rodea al terrorismo global. Esto, en un mundo globalizado y en el que la seguridad cooperativa[13] y compartida es una realidad creciente (además de las múltiples iniciativas sobre la integración comercial, política y económica), podría ser suficiente elemento de preocupación para el análisis que se pretende pero, además, se justifica porque hay bastantes indicios de que el terrorismo islámico radical está penetrando en el subcontinente y la falta de atención advertida por parte de los Estados en particular y de la OEA en general, puede representar una importante vulnerabilidad para el futuro en paz, de la región y del continente. Las lecciones aprendidas de otros países occidentales muestran que a pesar de contar con organismos específicos, marcos legales y fuerzas de seguridad dedicadas a prevenir y combatir el terrorismo, la adaptación a estos nuevos planteamientos, desafíos y forma de amenaza han tenido un alto costo en vidas humanas y recursos, lo que supone una llamada para que, cuanto antes, se preste atención a un futuro escenario complejo:

Por ello, al oportuno recordatorio de que el terrorismo relacionado con al-Qaeda está ahí y persiste debe añadirse otro mensaje. El de que, si bien se trata de una amenaza que no puede ser anulada por completo a corto plazo, es posible contenerla y aminorarla, como se ha hecho con éxito en Europa durante más de cinco años, mediante adecuadas políticas gubernamentales y una óptima cooperación intergubernamental[14].

Continuar por más tiempo desplazando el tema del terrorismo en el listado de prioridades nacionales y regionales, puede conducir a un horizonte de mediano plazo en el que se produzca una escalada de la crisis que no pueda amortiguarse, conducirse ni enfrentarse eficazmente por los correspondientes servicios de inteligencia y seguridad (o por otros organismos del Estado), al no haberse prestado por años, la necesaria atención -y ni siquiera la mínima requerida- al problema. Esta investigación pretender promover un debate sobre la necesidad de abordar el desafío que representa la lucha contra el terrorismo global y la conveniencia estratégica de hacerlo de forma conjunta y concurrente puesto que multidireccional y multifacética es la amenaza que se presenta.

No se trata únicamente de realizar o apoyar declaraciones conjuntas que más tarde no son implementadas a lo interno de cada Estado, o de solidarizarse con esta o aquella postura externada en el ámbito de reuniones multilaterales, más bien se trata de promover la búsqueda de un vector geoestratégico regional que permita abordar conjuntamente la amenaza terrorista e incluso aliente al análisis de las lecciones aprendidas en otros lugares y genere un marco eficaz de colaboración entre todos los países de la región o, si se desea, entre los de aquellas áreas geográficas que así lo consideren, por medio de alianzas binacionales o multinacionales que permitan enfrentar, cuanto antes, el desafío que se presenta.

Para sustentar lo anterior, a continuación el comentario de Reinares, quien afirma:

…, “una responsabilidad de trabajar con el Gobierno y el personal de seguridad, y una responsabilidad de construir comunidades locales fuertes y que den apoyo”. Según la estrategia canadiense contra el terrorismo, sólo si se comparten esas tareas es posible lograr una verdadera resilencia de la sociedad frente a los desafíos y los efectos de dicho fenómeno[15].

Para definir más concretamente los fines de esta investigación, podríamos resumirlos en los siguientes puntos:

1.      Evidenciar la penetración del terrorismo global (islámico radical o yihadista) en América Latina.

2.      Reflexionar sobre el marco teórico del terrorismo y sus diferentes acepciones.

3.      Analizar y comentar el papel que hasta el momento ha tenido la OEA al respecto.

4.      Observar si son eficaces (y hasta congruentes) las medidas promulgadas por la OEA en materia de terrorismo frente a la amenaza en cuestión.

5.      Describir y analizar la evolución del proceso interno de la OEA desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 y particularmente en los últimos años, así como el papel de ciertos países en esta modificación o evolución del organismo internacional, siempre en consonancia con el terrorismo yihadista.

La hipótesis de partida es que “se constata la penetración del terrorismo islámico radical (yihadista o global) en América Latina a través de ciertos países que se han constituido en colaboradores eficaces para que el proceso sea posible; existe una indefinición terminológica importante y de trascendencia sobre con el terrorismo y la OEA no está ofreciendo una respuesta “suficiente” (adecuada), para enfrentar eficazmente el problema que se presenta, más bien asistimos a una cuarta etapa de dicha organización que la desdibuja y no la hace todo lo operativa que se pudiera esperar”.

Para demostrar la hipótesis planteada se analizará y argumentará sobre los indicios y pruebas existentes en torno a la penetración del terrorismo global en América Latina examinando estudios de diversos autores y de distintas fuentes de información e investigación y, sustancialmente, se estudiarán las recomendaciones, declaraciones y otras manifestaciones de la OEA, además de realizar las oportunas entrevistas a personas que ocupan puestos destacados en la organización, de forma que se pueda recopilar información y presentar aquellas ideas que sirvan para sustentar la hipótesis (o rechazarla en su caso).

II. Marco teórico referencial

Es importante (fundamental incluso) aclarar desde el principio el marco teórico sobre el que se pretende reflexionar. En gran parte de la investigación, las imprecisiones, la falta de concreción y la doble o triple interpretación posible de muchos de los conceptos que se analizan, sirven de justificación precisamente para sustentar parte del contenido de este trabajo, especialmente en lo que se refiere a un marco teórico inexistente o difuso respecto del terrorismo.

Es necesario precisar y definir qué es el terrorismo yihadista al igual que otras posibles clasificaciones como el terrorismo nacional, el transnacional, o el internacional. De no ser escrupuloso en el empleo de esos términos -o en otros que se puedan utilizar como sinónimos- estaremos refiriéndonos a conceptos distintos o susceptibles de interpretarse de diferente forma, lo que alimentará, precisamente, la hipótesis del difuso papel de la OEA en la lucha contra esta amenaza, sustancialmente por no haberse logrado, como sí ha ocurrido en otros lugares, una definición consensuada o de manera mayoritaria,  aceptada sobre lo que es terrorismo. Aun sin llegar a contar con una definición precisa del concepto, se podría elaborar (como se ha hecho en la UE y los EUA) una lista de personas y de organizaciones consideradas como terroristas, lo que permitiría inferir las características comunes que pueden tener y contar con un referente uniforme que paliaría el problema actual de la falta de consenso al respecto.

Al margen de esa necesidad de concretar el concepto -para posteriormente y partiendo del mismo, ver cómo es aceptado o atendido tanto por la OEA como por los Estados miembros que la integran- hay también otros aspectos que adolecen de la misma claridad. En muchas ocasiones, las declaraciones de los organismos multilaterales o internacionales suelen ser amplias, difusas y sujetas a diferentes interpretaciones o dejan un amplio margen para que cada Estado miembro las pueda adaptar a sus peculiaridades o momentos de oportunidad política, lo que dificulta el consenso o la uniformidad deseable para lograr una mayor eficiencia.

El análisis de los diferentes comunicados y resoluciones tanto de la OEA como de otros organismos subordinados especializados, es de esencial importancia para determinar, no sólo el contenido y su adecuación a la situación o al momento, sino también para poder analizar la reacción de los distintos Estados al firmarlos, ratificarlos, rechazarlos o incluir alguna reserva.

III. Método y fuentes

Desarrollar la investigación planteada requiere, en líneas generales, determinar de antemano una bibliografía en dos vertientes principales. La primera, relacionada con temas específicos sobre terrorismo y más concretamente sobre terrorismo islámico, además de enlazar el marco conceptual y otros aspectos derivados de los vectores de penetración en América Latina que se quieren abordar. La segunda, detectar y analizar los numerosos acuerdos tomados en el seno de la OEA, ya sea  en el Comité Internacional Contra el Terrorismo (CICTE), o en las distintas asambleas generales de la organización, así como el estudio y análisis de las declaraciones emitidas por las Naciones Unidas, por el Consejo de Seguridad o por otros organismos subregionales en materia de seguridad o incluso de integración.

Por último, el intercambio de impresiones con miembros (actuales o anteriores) de la OEA[16], aporta elementos de interés para la investigación como por ejemplo la visión de los distintos países, la evolución de la organización a lo largo del tiempo, la voluntad política de emprender acciones en una determinada dirección, las discusiones suscitadas en torno a determinados temas de interés y otros vectores de importancia para este estudio.

IV. Estructura general del trabajo

El trabajo, en esta fase de tesis, se organiza en dos capítulos medulares con una introducción general explicativa, unas conclusiones finales y un epílogo, además de los anexos ampliativos de información de interés.

El primer capítulo titulado América Latina y el terrorismo yihadista, inicia reflexionando sobre lo que se ha denominado “nuevas amenazas” (amenazas o riesgos emergentes). Tras un estudio de estas, se aborda el correspondiente marco conceptual y las distintas concepciones en relación con la definición de terrorismo (nacional, internacional, transnacional y global), así como las opiniones de diferentes instituciones, expertos y académicos, sobre la necesidad de contar con una definición, o cómo, por el contrario, los convenios internacionales al respecto pueden bastar para que cada Estado disponga de herramientas suficientes para enfrentar el desafío de la lucha contraterrorista. De igual forma se analiza el espacio geopolítico latinoamericano y se hace una breve indagación en la historia continental reciente en relación con las guerrillas y los movimientos revolucionarios.

Abordadas esas necesarias bases conceptuales, se pasa a reflexionar sobre la penetración de esa particular clase de terrorismo (yihadista) en el subcontinente americano, especialmente en Venezuela, en donde se detallan y analizan los indicios y pruebas al respecto para poder establecer, al final del mismo, que efectivamente, desde hace un corto tiempo y producto de una situación geopolítica particular, el terrorismo global ha comenzado a consolidar una suerte de infraestructura en la región que puede permitirle realizar actividades en el corto plazo, con un impacto significativo sobre la seguridad del continente. Recordemos que “la seguridad es una condición necesaria para el ejercicio de la libertad y, por tanto, indispensable para el desarrollo de las ciudadanas y los ciudadanos en una sociedad democrática. No existe democracia sin libertad, y es imposible la libertad sin seguridad” [17].

En el segundo capítulo llamado La Organización de los Estados Americanos, se hace un análisis de cómo se ha abordado el concepto “terrorismo” en el seno de esa organización, cuál ha sido la evolución discusiva, qué efecto ha tenido el proceso en los distintos países que integran la organización y cómo está finalizando lo que se ha denominado la tercera etapa de la OEA y ha comenzado una cuarta, producto de una serie de circunstancias y acontecimientos de los que el terrorismo forma parte. Se abordará el estudio de la OEA como organización, del CICTE, de otras organizaciones relacionadas, de las diferentes declaraciones, acuerdos y convenios emitido (firmados y/o ratificados) y de cómo han incidido en los marcos legales de los diferentes Estados miembros, de la evolución de la OEA, de las particulares posturas de Venezuela y Bolivia en los últimos comunicados y otros, desarrollando algunos de ellos más en detalle en los anexos correspondientes.

La primera parte aspira a configurar el marco teórico-conceptual necesario que permita no sólo definir y comprender el fenómeno que se aborda, sino servir de base para sustentar (o contraponer) los posteriores comentarios en relación a convenios, tratados y otros acuerdos. De igual forma, pretende sentar las bases -o al menos dejar suficiente constancia- de la presencia del terrorismo yihadista en América Latina. La segunda parte, analizará pormenorizadamente el papel de la OEA enlazándolo, como no podría ser de otra forma, con el más general de las Naciones Unidas y otras organizaciones que se considera que deben abordarse para completar el estudio. Las conclusiones finales resaltarán aquello que se descubra o se evidencie de la investigación que se propone y deberán responder a las preguntas principales que se han ido planteando. Y al cierre de este trabajo, un epílogo que esboza la situación geopolítica en la región, pone punto final al mismo.

V. Una última reflexión previa

De la misma forma que se reflexionó en torno al uso del vocablo América Latina en lugar de otras alternativas, parece oportuno aclarar sucintamente la denominación de “terrorismo yihadista” como sinónimo de global[18].

Muchos podrían ser los argumentos y la extensión aclaratoria, sin embargo no es motivo de este trabajo adentrase, por ahora, en esa dirección. Parece más oportuno ceñirse a la explicación y razonamiento que dan muchos autores modernos en relación a  ello, algunos de los cuales serán frecuentemente citados en el segundo capítulo de este trabajo, en concreto Reinares, De la Corte Ibáñez, entre otros.

Por ahora parecen suficientes las reflexiones que al respecto hace Jordán[19] y que se pueden ver más detalladamente en la publicación del mismo autor (junto con De la Corte Ibáñez) titulada La Yihad terrorista:

El salafismoyihadista (al que también nos referiremos simplemente como yihadismo) constituye la base doctrinal de los distintos grupos que practican este tipo de terrorismo. Entre unos y otros pueden existir notables diferencias en lo concerniente a sus objetivos (de carácter meramente nacional o en otros de alcance global) y a los medios para lograrlos; pero todos tienen en común una misma inspiración ideológica que justifica el empleo de la violencia en nombre del isla. El salafismoyihadista es una derivación perversa y minoritaria de una gran corriente doctrinal conocida como salafismo, que se caracteriza por el deseo de volver a los orígenes doctrinales de la religión y al modo de vida de los primeros musulmanes, purificando el islam de las creencias y prácticas desviadas que lo han ido contaminando tras siglos de historia. El salafismo no es un fenómeno homogéneo y dentro de él existen diversas interpretaciones sobre cómo llevar a cabo dicha “vuelta a los orígenes”.

…., los partidarios actuales de la yihad global promueven su empleo contra el “enemigo lejano”, es decir Occidente y más en concreto Estados Unidos sin cuya derrota previa será imposible frenar las agresiones contra el islam y alcanzar la unión política de todos los musulmanes en un nuevo califato.

El salafismoyihadista, y particularmente el yihadismo global, se ha convertido en una ideología que trasciende conflictos y fronteras, y que fortalece la cooperación entre redes radicales con agendas políticas independientes, dispersas a lo largo y ancho del planeta[20].

En otra publicación, el mismo autor indica en relación con el tema, lo siguiente:

El yihadismo global es una corriente encuadrada en el islamismo radical que persigue un doble objetivo: a) Unificar la comunidad de creyentes musulmanes en un nuevo califato que abarque los territorios que en algún momento de la historia han estado bajo el control político del islam; y b) Evitar la injerencia de los países occidentales en los asuntos islámicos. El yihadismo global aspita a alterar las relaciones de poder en regiones enteras del planeta; lo cual le diferencia de las organizaciones y movimientos con una agenda de carácter nacional, como es el caso, por ejemplo, de Hamas, Hizbollah, o (l) a de grupos insurgentes iraquíes de inspiración islamista como el ejército Islámico de Irak, antagonista de Al Qaida en Irak[21].

Se considera adecuado -aunque no se discuta en este momento- presentar el contrapunto a lo anterior que se podría encadenar con las opiniones del profesor Smith, quien presumiblemente discutiría o hasta se opondría a la similitud que hacen aquellos otros autores:

– Si se extiende este principio de justicia a la vida colectiva se tiene de inmediato el jihad, el concepto musulmán de la guerra santa en la cual los mátires que mueren se aseguran el cielo.

– El jihad, dicen, ilustra el caso….., (a) literalmente, jihad significa esfuerzo, pero dado que la guerra requiere un esfuerzo excepcional, por extensión, la palabra se asocia con la guerra;

– …, Mahoma observó: “Hemos regresado del jihad menor para enfrentarnos al jihad mayor”, es decir, para batallar con el mal que llevamos dentro[22].

Cerramos con las apreciaciones de  Izquierdo Juárez como prologista de un trabajo de García Merlos en relación con el terrorismo yihadista y puede servir incluso para justificar esta investigación:

El terrorismo yihadista se ha convertido en una de las grandes amenazas para las sociedades democráticas en el siglo XXI.

Muy poco se ha escrito sobre la Yihad en América Latina. Nos encontramos con una campo que exige su exploración[23].


 

 

 

 

 

CAPÍTULO I:

América Latina y el terrorismo yihadista

 

 

 

1. Introducción

América Latina no ha sentido hasta la fecha el impacto de acciones continuadas del terrorismo global[24]. Sin embargo, se han presentado desde hace tiempo, un conjunto de atentados terroristas que hay que tener presentes en el momento de analizar el panorama general hemisférico. Hay una acertada percepción de que la mayoría de los atentados terroristas se llevan a cabo “lejos” del continente americano, lo que se corresponde con una realidad que recoge Reinares:

A este respecto, llama en primer lugar la atención que entre el 87,6% y el 90,1% de los atentados contabilizados mensualmente a lo largo y ancho del planeta en los cuatro aludidos meses de 2011 [se refiere a los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre] se hayan producido en regiones que incluyen al conjunto del mundo islámico….[25]

En el continente americano se contabilizan principalmente en los últimos años, los acontecidos en Colombia, donde las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) por se primera vez que se menciona “hace años introdujeron tácticas de terrorismo en su repertorio de violencia y en la actualidad ejecutan entre el 75% y el 96% del total de atentados que, con finalidad política, ocurren mensualmente en la región”[26].

Las noticias que diariamente difunden los medios de comunicación sobre atentados terroristas, se circunscriben a lugares lejanos y conflictivos en el Medio o Lejano Oriente y no todos los medios regionales se hacen eco de las mismas. Es como si esa criminal realidad no existiera para muchos ciudadanos latinoamericanos, sumidos en problemas más domésticos como el desempleo, la inseguridad o la falta de desarrollo, cuando no la implementación de la democracia o la consolidación de la misma. De hecho, la mayoría de los informes regionales se centran en destacar aspectos como los índices de libertad, de inseguridad, de falta de consolidación de las instituciones que sustentan el moderno concepto de democracia y otros, y difícilmente incluyen datos sobre terrorismo. En relación con el preocupante tema de la inseguridad y de la violencia[27], Hakim y Covington[28] señalan:

Cinco naciones de América Latina y el Caribe (El Salvador, Venezuela, Jamaica, Guatemala y Honduras) se encuentran entre los países más violentos del mundo, con tasas de homicidios superiores a 40 por cada 100.000 habitantes, en comparación con una incidencia inferior a 6 por cada 100.000 habitantes en Estados Unidos, 3 en Europa y 2 en China.

A fin de cuentas, la violencia, producto de la delincuencia doméstica[29] y del transnacional crimen organizado, impacta diariamente más en la percepción (y en la realidad) del ciudadano latinoamericano y sitúa la problemática como la principal amenaza a enfrentar por los gobiernos de turno, quienes a consecuencia de ello sufren un desgaste político importante y el país, elevados costos económicos, a la vez que crea (o facilita) espacios y condiciones para que el terrorismo yihadista pueda penetrar y consolidarse:

Además, la delincuencia y la violencia conllevan un alto costo en varios otros aspectos.  La cuantificación de estos costos es difícil e imprecisa; sin embargo, las estimaciones apuntan a una cifra superior al 12% del PIB anual para algunos países y superior al 5% para la mayor parte de la región.  Entre los costos directos se incluye la carga que representan las lesiones y muertes prematuras para los sistemas de salud, el gasto gubernamental en las fuerzas policiales, los tribunales de justicia, las cárceles y otras medidas de seguridad; en el sector privado, los costos incluyen las pérdidas de patrimonio y los gastos adicionales en seguridad.

Los costos indirectos podrían ser incluso mayores.  La inseguridad asociada a los altos niveles de actividad criminal genera recelo en los inversionistas, tanto nacionales como extranjeros, y suele ahuyentar a los turistas.  La delincuencia y la violencia, como asimismo la corrupción que casi siempre las acompañan, generan desconfianza entre las personas y entre los ciudadanos y el Estado, llegando, en algunos casos a desacreditar a las instituciones políticas y sociales esenciales para una gobernabilidad efectiva, con el riesgo de socavar el apoyo a la democracia.  La delincuencia y la violencia tienden a golpear más duramente a los pobres, quienes carecen de los recursos necesarios tanto para protegerse como para recuperarse con rapidez de las pérdidas que sufren[30].

Además de esa violencia, hay suficientes indicios que permiten afirmar que se está generando toda una estrategia de penetración del terrorismo en el continente. A través de Venezuela y Cuba -y ahora con una red mayor conformada por los países que forman la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA[31])- se comenzó hace algún tiempo a conformar un espacio económico, político y de activismo que comienza a revelarse preocupante[32].

 

 

En palabras de Chaya:

No hay que descartar que el radicalismo islamista logre asentarse y ganar la mente y la voluntad de muchos en América Latina. De hecho, es la preocupación de no pocos colegas latinoamericanos, como muy bien lo ha expresado en sus recientes columnas la periodista venezolana Eleonora Bruzual y otros analistas políticos regionales que han hablado sobre el tema.

Tal vez el islamismo radical tenga éxito en afincarse temporalmente a nivel regional si los gobiernos y la clase política latinoamericana no entiende el problema, pues sin comprender el significado de aquello con lo que debe lidiar no podrá resolver tan importantes asuntos hemisféricos, entonces sí, el radicalismo militante será capaz de evolucionar y así sumará problemas más profundos a los ya existentes en diversas áreas del continente Latinoamericano[33].

Las frecuentes visitas de autoridades iraníes (especialmente de su presidente) tanto a Venezuela como a otros países del entorno, las declaraciones de los presidentes Chávez y Ortega en relación con el uso que promueve Irán de la energía nuclear, la condena sistemática a las políticas de Estados Unidos para con la región y en relación con Oriente Medio y las millonarias inversiones en proyectos mixtos relacionados con la extracción y el refinado de petróleo, pero también con la adquisición de armas y el desarrollo de la energía nuclear -entre otros-, conforman un espacio de reflexión donde el terrorismo yihadista, como una amenaza importada -y ya importante-, debe ser un elemento de atención prioritaria para las agencias de inteligencia.

El riesgo de no prestar la necesaria atención[34] supone dejar pasar la oportunidad de generar una estrategia preventiva y conjunta que impida el establecimiento y desarrollo de estos grupos en el continente y continuar obviando la necesidad de realizar los análisis que permitan adoptar las decisiones políticas más adecuadas para confrontar el problema. Recordemos que: “…, tarde o temprano cualquier democracia debería someter al juicio de la opinión pública sus decisiones en materia antiterrorista, lo que a su vez debería obligar a las democráticas a reunir razones suficientes para justificar dichas decisiones”[35].

No abordar el problema no significa que no exista, por lo que conviene tener presente las afirmaciones de algunos analistas como Campins Solana:

Va tomando cuerpo la posibilidad de que se produzca otro atentado a gran escala, y la política laxa para con los terroristas no va a evitar en absoluto, sino todo lo contrario, que esta pesadilla siga creciendo y que, al final, los inocentes sean las víctimas más castigadas por el terrorismo.

Desgraciadamente, un ataque terrorista asimétrico, usando bombas sucias o radiológicas, es una amenaza muy real, y la mejor defensa es la prevención y la intervención adecuada antes de que seamos sometidos a esta acción tan criminal[36].

O como Chaya explica:

La escasa comprensión y la forma en que se aborda el problema sobre el fenómeno del terrorismo yihadista por parte de algunos gobiernos latinoamericanos es básicamente incorrecta y ello se debe, definitivamente, al desconocimiento político-regional sobre elfenómeno de la yihad global y por tanto al desconocimiento del problema que da lugar al fenómeno en cuestión.

Los gobiernos latinoamericanos deben reconocer en primer lugar que no pueden volver atrás, aunque deben reexaminar sus políticas en relación a este fenómeno y estar preparados de cara al futuro fortalecidos en sus instituciones democráticas y las leyes. Esta confrontación es una guerra que va a durar décadas.

El mayor error de los gobiernos latinoamericanos en esta materia es no reconocer que sus países han sido designados como campo de batalla global, aunque es cierto también, que de momento Latinoamérica no es para la yihad una fábrica que produzca activamente.

Los yihadistas no son una reacción determinada ante un punto de controversia, por el contrario, son una fuerza de combate “ideológico-militar” con una visión del mundo a la que aplican sus estrategias fundadas en la teocracia que sostienen a partir de una severa y perjudicial distorsión del islam.

Las elites políticas latinoamericanas, interesadas en preservar sus países de esta problemática deben responder con medidas concretas y políticas adecuadas para proteger sus intereses nacionales y sus ciudadanos dentro del marco institucional legal y con las herramientas que las instituciones democráticas ofrecen, pero para ello debe haber concientización respecto de cual es el problema para luego abordarlo en consecuencia y con éxito[37].

La mayor dificultad que se puede encontrar para abordar un tema de forma concurrente es, casi sin duda, la falta de definición o concreción de aquello que se desea tratar. Entendidas las cosas de forma distinta por dos o más interlocutores es imposible llegar a acuerdos y debatir o buscar soluciones a un problema que se comprende o interpreta de forma diferente.

En esta línea de “indefinición” -o de falta de definición concreta- se sitúan principalmente ciertos temas que a continuación se abordan, como lo son las nuevas amenazas y el terrorismo. En relación con las primeras, se han denominado de distinta forma e incluido dentro de las mismas, aspectos tan diferentes como el tráfico de armas o las producidas por el cambio climático. Respecto del segundo, se ha utilizado el término “terrorismo” para designar actuaciones concretas, referirse a movimientos de liberación nacional, a guerrillas, emplearlo conjuntamente o asociado con otras actividades, como el narcotráfico o el crimen organizado (más adelante se comentarán estos aspectos) o establecer diferencias conceptuales entre terrorismo nacional, internacional y otros. Algunos autores han precisado la diferencia entre conceptos utilizados como sinónimos:

One important conceptual clarification that needs to be made before proceeding with this analysis refers to the differences between guerrilla actions and terrorism. This issue is particularly relevant in the Latin American context, for guerrilla movements in this región have often relied on terrorism as a strategy to advance their goals. There is a common perception that the difference between terrorism and guerrilla warfare is determined by the nature of their victims: whereas terrorism is conducted against innocent civilians, guerrilla attacks are only perpetrated against military targets. This reasoning, however, is mistaken for terrorist organizations commonly attack military objectives while, conversely, guerrillas often engage in terrorist activity aimed at nonmilitary targets[38].

Esa asociación no siempre ha sido bien vista por muchos países que han preferido desligar terrorismo de, por ejemplo, narcotráfico o crimen organizado, quizá con la intención de evitar que esa percepción de “unión” entre formas criminales pudiera servir como medio de presión (o de actuación) sobre ellos por parte de organismos internacionales o regionales. Y así ha quedado reflejado en algunas declaraciones donde el debate interno por alcanzar un acuerdo fue muy intenso y se solicitó que se incluyera el término “cuándo” como condicionante. Por ello, algunos convenios recogen “cuando el crimen organizado esté relacionado con el terrorismo”, de manera que se disipa la idea de que la relación entre ambos es algo permanente. Sin embargo, esa forma de redacción (precisa para algunos, pero ambigua para otros) ha sido criticada por la dificultad que genera en relación con el estudio respecto de la financiación del terrorismo. Shelly indica:

El terrorismo a menudo se financia por actividades delictivas a pequeña y gran escala. Los americanos lideraron la guerra contra el terrorismo, concentrándose en el terrorismo en sí y excluyendo el crimen transnacional, resultando esto en la imposibilidad de detectar mucho del financiamiento de estas actividades terroristas.

(….)

Existe una gran variedad de actividades que contribuyen con el mantenimiento económico del terrorismo: la más redituable es el tráfico de drogas pero otras igualmente redituables son el tráfico de personas, la falsificación de productos, los secuestros y la extorsión[39].

Estas variadas acepciones del término hacen que la firma de convenios, tratados o acuerdos no pueda aspirar más que a la buena voluntad por parte de los signatarios para interpretar, en idéntica forma, ciertas actuaciones (o declaraciones) que es preciso enmarcar más concretamente. Si a la ecuación se le incluyen aspectos políticos, ideológicos, de oportunidad y un amplio número de factores, es fácilmente comprensible visualizar la dificultad de alcanzar acuerdos precisos y concretos que puedan enfrentar ciertas amenazas que, por otra parte, también son percibidos de diferente forma.

A continuación se reflexiona, en el espacio geopolítico latinoamericano, sobre lo antes indicado, pretendiendo evidenciar la dificultad apuntada y la necesidad de constatar que, sin una concreta definición que sea asumida por todos los actores (Estados), los convenios posteriores pueden ser “letra muerta” o, a lo sumo, una manifestación difusa e inconcreta de buena voluntad por parte de los signatarios.

2. ¿Nuevas amenazas o percepciones diferentes?

Uno de los retos más importantes que afronta el siglo XXI en materia de seguridad, es su orientación hacia un nuevo o más eficiente sistema de seguridad colectiva.

La seguridad se ha convertido en la principal preocupación de la comunidad internacional. Continúan las amenazas tradicionales de los conflictos armados interestatales e intraestatales; las nuevas amenazas del terrorismo internacional, la proliferación de armas de destrucción masiva y el crimen organizado; los Estados fracasados; los nuevos desafíos provocados por el crecimiento de la desigualdad, la pobreza, las pandemias, la degradación medioambiental y el crecimiento demográfico incontrolado; y los enfrentamientos étnicos, culturales y religiosos[40].

América Latina no ha sido una excepción en la discusión y en la adopción de un (nuevo) modelo de seguridad y optó por la seguridad cooperativa[41]:

La seguridad cooperativa guarda estrecha relación con los procesos de integración, la democracia, el rol de las fuerzas armadas, el ambiente de seguridad regional, la naturaleza de la OEA y las organizaciones subregionales. Su adopción sin embargo, demandaría superar diversos obstáculos derivados de los elementos mencionados anteriormente, pero especialmente los que surgen de la sujeción excesivamente rigurosa a los principios de soberanía y no intervención[42].

La creciente interdependencia entre países, consecuencia de la globalización y del nuevo sistema internacional, hace que todos perciban o tengan similares vulnerabilidades aunque con diferente grado de intensidad. Los Estados poco desarrollados pueden ser débiles como consecuencia de carencias de diversa índole; los industrializados es posible que presenten fragilidades debido a sus complejas estructuras políticas, sociales y económicas, y pueden verse afectados por multitud de acontecimientos. Este cúmulo de circunstancias (e incertidumbres) ha propiciado que se vaya consolidando la idea de una seguridad compartida por todos, amparada en los principios que inspiraron el nacimiento de las Naciones Unidas[43].

Así, pues, en el curso de las próximas décadas podría surgir una estructura efectiva de cooperación global basada en las realidades geopolíticas que pasarían gradualmente a ostentar el cetro del actual “príncipe regente”, que por el momento está cargando el peso de la responsabilidad de asegurar la estabilidad y la paz mundiales[44].

Propuestas de cambio que también contemplan otros autores:

El escenario estratégico actual se caracteriza por su complejidad, incertidumbre y potencial peligrosidad. Los conflictos actuales y previsiblemente los futuros responden a un configuración multidimensional que hace inviable su resolución por medio de herramientas exclusivamente políticas, diplomáticas, económicas o militares. El terrorismo, el crimen organizado, la proliferación de armas de destrucción masiva; las crisis generadas por los Estados fallidos, débiles o en proceso de descomposición; la lucha por el acceso a los recursos básicos; y la acción negativa del hombre sobre su entorno, entre otros, constituyen un conjunto de amenazas a la seguridad y estabilidad mundial. Es decir, a los tradicionales riesgos y amenazas a la seguridad, que implicaban una respuesta militar, se han unido a otros que, si bien no tienen la capacidad destructiva de la guerra convencional, dificultan y degradan el desarrollo social y económico de los países y regiones con consecuencias negativas tanto en el plano nacional como internacional[45].

Las amenazas tradicionales, entendidas como aquellas que ponían en peligro las fronteras físicas de la nación y movilizaban gran cantidad de efectivos militares para enfrentarlas, parecen concepciones superadas y con baja probabilidad de que ocurran[46]. En todo caso, existen conflictos que algunos autores han remarcado para evidenciar cierta dificultad estatal en el ámbito de las de relaciones bilaterales latinoamericanas:

Hay serios conflictos que mediatizan las relaciones bilaterales de muchos países latinoamericanos. Incluso algunos de ellos han suspendido las relaciones diplomáticas desde hace tiempo. Desde 2006, las relaciones entre Argentina y Uruguay están prácticamente rotas, por la instalación de una papelera en el río Uruguay. En el caso de Chile y Bolivia estas relaciones están formalmente rotas desde 1978. Mientras que Bolivia está enfrentada con Chile por su reivindicación de tener una salida al mar, al mismo tiempo acusa a Perú de obstaculizar un posible acuerdo. De hecho Perú también reclama a Chile la modificación de los límites marítimos que separan ambos países. Modificación a la que se opone Ecuador, pues le afectaría directamente. Un problema que suscita no pocos desencuentros en las relaciones peruano-ecuatorianas. Por su parte Colombia, a los problemas que tiene en la frontera con Ecuador debido a las operaciones realizadas por las FARC; se suman los litigios fronterizos que mantiene con Nicaragua y Venezuela en el Caribe. Tampoco la región centroamericana está exenta de este tipo de diferencias. Las tensiones de Nicaragua con Costa Rica sobre el río San Juan; el conflicto marítimo entre Honduras y Nicaragua o la disputa entre Guatemala y Belice son ya diferencias que perduran en el tiempo[47].

Los nuevos elementos que generan constante preocupación, sin embargo, se refieren a lo que se ha venido en denominar nuevas amenazas o riesgos emergentes y abarcan un amplio abanico de opciones[48], siendo las más significativas las relacionadas con el terrorismo y el crimen organizado (drogas, blanqueo de dinero, mafias, trata de personas, etc.) con gran impacto en la vida económica, política y social de los países y con especial incidencia cuando convergen, todas o parte de ellas, en determinados espacios geopolíticos: 

En este nuevo mundo, los conflictos más generalizados, importantes y peligrosos no serán los que se produzcan entre clases sociales, ricos y pobres u otros grupos definidos por criterios económicos, sino aquellos que afecten a pueblos pertenecientes a diferentes entidades culturales[49].

No obstante, algunos informes (y autores) no comparten que el terrorismo sea realmente una amenaza que deba ocupar los primeros lugares, considerando que esa prelación “refleja una valoración exagerada de un problema que ni proviene, ni se refugia en América Latina”[50]. Más adelante el mismo informe agrega:

Es posible entonces que el terrorismo aparezca en segundo lugar en los temores de América Latina más como una concesión, como un guiño o una señal de coincidencia con la Política de Estados Unidos, que como una amenaza real que gravite seriamente en la región latinoamericana, pues hasta la fecha no se han encontrado expresiones de terrorismo de alcance global en América Latina que puedan ser asociadas al terrorismo global. Tampoco existen evidencias que terrorismo de alcance global amenace a esta región del mundo[51].

Característica común a casi todas esas “nuevas amenazas” es que no son nuevas: “El terrorismo está lejos de ser un fenómeno nuevo; en efecto, podría incluso decirse que es anterior a la historia registrada (Corte Interamericana de Derechos Humanos -CIDH-). “El terrorismo azota desgraciadamente muchos países desde hace tiempo y aunque sus fines y procedimientos parecen similares, hay ciertos aspectos que lo posicionan de otra forma”[52]. Otros autores corroboran también la anterior afirmación cuando manifiestan que:

El fenómeno del terrorismo es tan antiguo como la historia de la sociedad humana, y se ha manifestado bajo formas diversas como el asesinato político o la toma de rehenes. Sin  embargo, el origen del  término “terrorismo” como concepto moderno se remonta a la  situación política de Francia a finales del siglo XVIII, donde se dio una forma de terrorismo de Estado, en la que la autoridad ejercía la violencia de forma arbitraria contra  la población, violencia que era permitida durante la Revolución Francesa como revela la  expresión “reinado del terror”[53].

Un factor agregado a lo expuesto, es que no hay consenso internacional sobre la propia definición de lo que puede o debe ser considerado acto terrorista y ello impide conformar un marco político-legal para enfrentar este desafío.

…, sería útil tratar el problema subyacente de cómo definimos el terrorismo. Como he mencionado anteriormente, la unidad sin precedentes  que impera  hoy en día en la condena del terrorismo internacional no va acompañada por  un consenso sobre el significado de este término. …… Sin saber qué es exactamente lo que debe ser penado, no podemos decidir qué Estado de Derecho hay que establecer. Es en realidad por esta razón por la que, como se verá, la comunidad internacional ha visto una proliferación de medidas legales que, sin embargo, no han logrado consolidarse en un convenio universal sobre terrorismo –un hecho que refleja la controversia política que subyace la cuestión–[54].

Además, tampoco impacta de igual forma en todas las regiones del planeta lo que hace que aquello que es percibido como lejano, no necesariamente se le presta la atención debida. 

A pesar de que muchos autores han puesto de manifiesto de forma un tanto alarmante (y hasta exagerada) la incidencia de estos nuevos peligros, no es menos cierto que el extremismo islámico, asociado a cierta forma de terrorismo, impacta negativamente y cada vez con más fuerza,  en la estabilidad de determinadas regiones del mundo. 

Quienes exigen a los Estados que terminen con el terrorismo mediante una variedad de soluciones benevolentes, parecen negarse a admitir lo que ningún dirigente político ni ningún ciudadano maduro tiene derecho a ignorar: a saber, que los grandes males que puedan amenazar a una comunidad política no siempre podrán ser neutralizados sin recurrir a acciones moralmente problemáticas, que sólo evitarán los males mayores que se combaten, a cambio de provocar otros males menores[55].

La sobrerreacción ante una amenaza terrorista es una pauta de respuesta recurrente a lo largo de la historia contemporánea. Debido a sus propias responsabilidades y experiencia profesionales, las fuerzas de seguridad están particularmente expuestas a la posibilidad de exagerar los riesgos asociados a la actividad terrorista y de aplicar medidas coactivas desmesuradas[56].

Algunos autores han asociado el terrorismo con la educación, como vía de penetración del fanatismo religioso emergente, y la han unido con la explosión demográfica y ciertos desequilibrios sociales. El conjunto se ha presentado como condicionantes de perturbaciones amenazantes.  De la Corte Ibáñez & Jordán indican que “…, el estatus socioeconómico de los jóvenes que ingresan en las organizaciones yihadistas es muy diverso y sus fundadores, líderes e ideólogos suelen ser individuos de clase media o alta y de máxima formación académica”[57]. O como afirma y corrobora Carrasco: “…el de ‘perfil’ del terrorista operativo no se corresponde con el de la base social de la que surge y en la que se autojustifican”[58].

Otros autores manifiestan que si bien el terrorismo no ha cambiado su esencia, desarrolla en esta época actual ciertas cualidades diferenciadoras, entre las que se pueden mencionar las siguientes: “un creciente carácter transnacional, un poderoso basamento religioso y nacionalista, elevada frecuencia en el uso de suicidas, alta letalidad de los ataques y marcada orientación antioccidental…”[59]. Es decir, en palabras del mismo autor, “la violencia política de tipo fundamentalista”. Incluso resalta destacadas diferencias (entre el terrorismo de antes y el actual) para establecer una separación mucho más marcada entre ambos:

Hasta entonces, todas las actividades terroristas tenían un tipo de “código de honor” que evitaba masacres gigantescas e indiscriminadas de inocentes, baños de sangre masivos, y el cual, de alguna manera, explica la tendencia a asociarlo con causas justas, con acciones que conllevan cierto romanticismo, con la búsqueda de un futuro mejor o con manifestaciones épicas, aun cuando el camino sea doloroso[60].

Algunos estudiosos enlanza el resurguir del terrorismo como el empleo de una técnica menos costosa en relación a la tradicionales formas de agresión:

En efecto, los esfuerzos y medidas contraterroristas para impedir una clase de tácticas terroristas, como el secuestro de aviones, la toma de rehenes o los ataques a embajadas, se ha demostrado que producen un efecto sustitución hacia otras tácticas menos costosas para las organizaciones terroristas, como por ejemplo los asesinatos[61].

La narcoactividad (narcotráfico), aunque es relativamente nueva en la forma, se encuentra asociada con ciertos sucesos de la década de los años veinte[62] producto de la supresión en Estados Unidos de la venta de alcohol, que generó un espacio de “inseguridad” discutible[63] pero sujeto al combate contra el crimen común y a la necesaria cooperación internacional[64].

El tráfico ilegal de personas (e incluso las migraciones como fenómeno social) se puede atrasar más en el tiempo y fijar sus orígenes remotos en la esclavitud, sin haber estado vinculado siempre con igual intensidad ni en todos los países del mundo con un problema de seguridad nacional[65]. Finalmente, el crimen organizado también tiene sus raíces más recientes en actuaciones de la mafia de principios del siglo pasado y otros hechos similares.

Un sucinto resumen de lo anterior lo presenta  Jiménez Olmos a continuación:

Esas nuevas amenazas, o riesgos: narcotráfico, ecología, migraciones, terrorismo y fundamentalismos no eran nuevas. El narcotráfico y las mafias asociadas no es algo nuevo ni en el mundo ni en Estados Unidos, ni en Occidente, ¿cuántas grandes fortunas se han “blanqueado” con dinero proveniente de actividades ilegales a lo largo de la historia? Las migraciones se producen en Europa durante los cincuenta y sesenta. Los mulsumanes llegaron masivamente durantes esos periodos a Francia, Reino Unido y Alemania (en este último, turcos en su mayoría);  y los europeos también se desplazaron masivamente a América durante los pasados siglos. Desde los años sesenta algunos científicos y grupos, entonces marginales, ya alertaban sobre el daño que el desarrollo incontrolado estaba produciendo a la atmósfera. Tampoco el terrorismo es algo nuevo, ni el fundamentalismo, ninguno de estos fenómenos han surgido después de la caída del muro de Berlín, la única novedad es que los atentados han comenzado a afectar a la superpotencia americana y a otras potencias europeas[66].

La interacción entre muchas de estas nuevas amenazas también es un factor a considerar. Se podrían tomar múltiples ejemplos en todo el mundo del entramado formado por el terrorismo, su relación con la venta de armamento, con las mafias y el tráfico de drogas y las connotaciones que ello tiene en la seguridad global[67], debido a la influencia en las relaciones entre países y la expansión de estos conflictos bien por vía física o por la vía de la influencia económica. En lo que respecta al crimen organizado, es necesario indicar que tradicionalmente ha sido para los Estados un problema de ley y orden. Pero el incremento de la interdependencia entre Estados, el rápido desarrollo de los transportes y los sistemas de comunicaciones, el crecimiento del comercio internacional y el surgimiento de un mercado financiero global, todo sustentado sobre un soporte tecnológico que progresa a un ritmo impresionante, han cambiado radicalmente el contexto en el que opera el terrorismo y el crimen organizado, al igual que en la naturaleza del mismo crimen, lo que requiere “familiarizarse con la perspectiva subjetiva de los criminales a los que vigila y persigue”[68].

Es necesario reconocer, no obstante, otras amenazas como emergentes o relativamente nuevas. Particular atención requieren la proliferación de armas nucleares, radiológicas, biológicas y químicas (NRBQ) especialmente conectadas con las nuevas tecnologías, los conflictos regionales y las maras[69]. La desaparición de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) dejó al descubierto un arsenal nuclear con deficiencias en el mantenimiento y que incluso escapó, en cierto momento, al control estatal. De otro lado, y continuando con la misma amenaza, es preciso contemplar el posterior desarrollo y pruebas de armas nucleares en Corea del Norte y la sospecha del uso de la energía nuclear para la construcción de ingenios militares por parte de Irán[70]. La partición de Checoslovaquia, la desintegración de la antigua Yugoslavia y el surgimiento de nuevos países como Kosovo, Montenegro o Timor Oriental y otros conflictos regionales, también pusieron de manifiesto la importante repercusión en la paz mundial de la reactivación de rivalidades regionales, por no abordar los innumerables conflictos en el continente africano, que lejos de ser permanentemente contemplados por la comunidad internacional, han supuesto puntos de desencuentro y crítica de muchos sectores sociales y gubernamentales.

Es cierto que esas dos amenazas (NRBQ y desintegración de Estados) no han tenido una incidencia significativa en el continente americano[71], tal y como recogen ciertos informes especializados: “.., el terrorismo con medios NRBQ hasta ahora ha tenido un impacto limitado en comparación con aquellos ataques en los que se han empleado medios convencionales”[72], sin embargo, es necesario tenerlas presentes por el impacto que pudieran tener a futuro (especialmente la proliferación de ingenios nucleares) y porque en otras esferas se contemplan en los respectivos cuadros de amenazas, lo que implicaría la necesidad (y conveniencia) de disponer de capacidades militares/policiales que permitan la cooperación internacional en el marco de operaciones combinadas de ayuda humanitaria y de mantenimiento o imposición de la paz. Además de las mencionadas, es preciso agregar una tercera: las maras[73]. Esta amenaza no sólo está surgiendo e “instalándose” en ciertas partes del mundo: Europa y Estados Unidos, sino que está consolidada en muchos países de América Latina (Centroamérica en particular)[74]. En el específico caso europeo, pareciera que el origen apunta a ciertos grupos de emigrantes latinos, algo similar a lo que ocurrió en los Estados Unidos.Como se ve, la problemática en el fondo no es nada nueva. La forma se ha ido adaptando a la evolución político-social al surgir nuevas tecnologías y procedimientos. Entonces, ¿por qué ahora nos plantean estos temas y especialmente la necesidad de que sean incluidos “de una forma especial” en las agendas de seguridad?

Desde principios de la década de los noventa, los ejércitos occidentales comenzaron un proceso de modernización/reestructuración, producto, en parte, del triunfo de la democracia liberal y de la desaparición del enemigo tradicional. La economía de libre mercado exigía, entre otras cosas, transparencia en los gastos militares y rendición de cuentas (accountability) que pusiera de manifiesto la eficiencia de la gestión militar.La propia Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) modificó su concepto estratégico en diversas ocasiones y pasó de ser una alianza defensiva de corte tradicional, a otra disuasiva y con capacidad de proyectarse hacia nuevos espacios[75]. Esta influencia llegó, evidentemente, a América Latina y se inició un proceso similar, aunque tardío, en lo que respecta al cambio del aparato militar y de sus estructuras, con mayor incidencia en el Cono Sur que, por ejemplo, en Centroamérica, todavía, en aquel momento, inmersa o recién saliendo de conflictos armados internos[76].

Por último, hay que indicar que concurren muchas más circunstancias, algunas de las cuales merecen ser tenidas en cuenta, como lo son: la desaparición de un bloque de referencia enemistosa como era la antigua Unión de Repúblicas Socialista Soviética, el surgimiento de nuevas tecnologías, la interacción individual y cultural de la era de la información, la cibersociedad en la que nos desenvolvemos, la porosidad de las estructuras del Estado y la transformación-evolución del hombre racional en hombre emotivo a causa de una mayor percepción de las cosas y de la realidad por la profusión de medios visuales[77],. Todas ellas hacen que riesgos que siempre estuvieron ahí (latentes) sean hoy percibidos (que no realmente sentidos) como amenazas cada vez más próximas.

Este conjunto complejo conforma un espacio nuevo (diferente) donde las percepciones tienen un importante protagonismo y justifica que esos riesgos o amenazas ocupen espacios de discusión y análisis inimaginables hace algunos años, justificando que hoy día se aviste (perciba) el narcotráfico, el terrorismo[78] o el crimen organizado, como vectores que inciden directamente en el bienestar social y no tanto porque tengan un impacto significativo y real en el quehacer diario, sino por la acción directa sobre las instituciones estatales y la presentación a través de nuevas formas de información. Esta percepción se puede fácilmente tabular y comprobar cómo muchas encuestas indican que una mayoría de ciudadanos perciben el terrorismo como una amenaza[79].

La percepción de toda amenaza se basa en la articulación de estructuras sensoriales, supervisión y análisis permanente de la realidad. Todos los modelos de control, combinando la tridimensionalidad temporal -datos históricos, situación en tiempo real y prospectiva- y espacial -cotejando la situación interior con la exterior- dependen de las premisas y criterios introducidos como elementos estructurales. El ajuste técnico de los modelos analíticos al fin y al cabo va a depender de los objetivos políticos y estratégicos que se asientan en la dirección social por parte de la élite. La estructura del pensamiento de dicha élite -compuesto por creencias, valores (entendidos en sentido referencial), acopio de conocimientos y adiestramiento intelectual- necesita conceptuar a la amenaza, antes de poder identificar lo que coincide con dicha sustantivación[80].

Sin embargo no hay unanimidad, y algunos informes como el titulado [In] Seguridad y violencia en América Latina, platean la situación en los siguientes términos:

El terrorismo no es relevante, ya que no se han comprobado actividades en la subregión. Si bien el tema forma parte de la agenda de la Comisión de Seguridad de Centroamérica y de las agencias nacionales y se ha emitido legislación específica, las actividades están orientadas a la prevención y obedecen a compromisos internacionales, especialmente las resoluciones 1368 (2001) y 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y la “Declaración Centroamérica Unidad contra el Terrorismo” de los presidentes del Istmo.

Dentro de las amenazas a la seguridad ciudadana, dos temas son los más importantes: el crimen organizado, en particular el narcotráfico y sus derivados; y la actividad de las pandillas juveniles, conocidas como “maras”[81].

Otros analistas, sobre la base de la percepción indicada, elaboran argumentos y reconfiguran nuevos escenarios de amenazas con distinta prioridad y naturaleza:

Sin embargo: ”Los discursos y objetivos de la seguridad interior provocan una expansión extraordinaria de los recursos puestos a disposición del Estado federal […] mientras que la probabilidad de que el terrorismo mate a un estadounidense es del orden de uno en 88.000. Tres millones de personas en el mundo murieron de SIDA en 2003, 625 por el terrorismo internacional. Sin embargo, los gastos en seguridad interior, que aumentaron hasta los 50.000 millardos de dólares, equivalían en 2005 al presupuesto total de defensa de China”(Citando a David, C.)

El terrorismo se aprovecha de la inmediatez y de la cobertura universal de los modernos medios de comunicación para extender su estrategia de terror. Pero habría que preguntarse si realmente es tan inquietante y destructor, sobre todo si lo comparamos con otras tragedias humanas cotidianas a las que por habituales se les presta poca atención[82].

Por ello, la primera reflexión que hay que hacer es si realmente se puede hablar de una internacionalización real de riesgo (de la amenaza), o por el contrario se trata de una percepción internacional de situaciones que son sentidas como vulnerabilidades, a pesar de no soportar un análisis serio como amenazas a un determinado Estado, grupo de ellos o área geopolítica. Es posible que se haya terminado por asociar la realidad y la percepción[83].

Una conclusión balanceada es que estamos en presencia de riesgos “de siempre”, pero con una diferente escala de incidencia -aunque también de percepción-, motivo suficiente para enfrentar la necesidad de que sean abordadas de forma no tradicional o cuestionar otras propuestas más clásicas frente a estos nuevos desafíos. 

El riesgo es un concepto muy interesante que saca a relucir Atwood en su reflexión, y quién mejor que Ulrich Beck para hablarnos de una sociedad del riesgo global, en la que “nuestras decisiones como civilización desatan unos problemas y peligros globales que contradicen radicalmente el lenguaje institucionalizado de control”. Es precisamente alrededor del riesgo que se empieza a configurar una nueva noción de seguridad nacional, la cual debe tomar en consideración eventualidades como: crisis ecológicas, crisis financieras, recursos naturales escasos, redes criminales internacionales, narcotráfico, grandes flujos migratorios de personas y, desde el 11-S, el terrorismo[84].

En cualquier caso, lo que se deduce en una primera impresión es que las nuevas amenazas son multidireccionales y multifacéticas[85] y para la resolución de cualquier problema derivado de cuanto se acaba de describir, hay un denominador común que es la necesidad de colaboración (cooperación) internacional[86]:

A diferencia de las “viejas” amenazas o amenazas tradicionales, la nuevas amenazas -tales como el terrorismo internacional, el crimen organizado, los conflictos intraestatales con dimensiones internacionales, la propagación de enfermedades infecciosas, o los llamados Estados fallidos– se caracterizan por: 1) tener un marcado carácter transnacional, que desafía la autoridad de muchos Estados de manera simultánea, trascendiendo las divisiones nacionales; 2) tener una probabilidad mayor de manifestarse a diferencia, por ejemplo, de la utilización del arma nuclear; 3) no situar como objetivo directo de sus acciones al Estado, sino a las sociedades en su conjunto y a los individuos; 4) producir un impacto no siempre fácil de identificar, cuyo grado vendrá determinado por las instituciones políticas y económicas de cada Estado, o por las características de cada actor considerado[87].

Además de lo anterior, se puede agregar que si la amenaza es regional (o global), la respuesta debe generarse, como mínimo, en ese mismo escenario geopolítico. Es por ello que Ibáñez F. nos propone (en el caso del terrorismo) dos condiciones fundamentales:

Me gustaría proponer dos condiciones preliminares que eventualmente nos conducirían a una respuesta afirmativa: el establecimiento o refuerzo de un marco jurídico integral contra el terrorismo y una cooperación internacional entre Estados plena en la materia. De hecho, ambas condiciones nacen de los propios principios liberales y democráticos que nos definen, ambas son hijas de nuestra tradición occidental, del Estado de Derecho y de la idea de “orden espontáneo”, respectivamente[88].

A lo que Pulido Grajeda añade, de forma menos precisa pero no por ello menos adecuada: “Por ello, las amenazas y los riesgos, los cuales adquieren una nueva conceptualización, necesitan ser contrarrestados con unas respuestas que van más allá de lo puramente tradicional”[89].

Está muy difundida y aceptada por la mayoría de analistas, la idea de que es necesaria la concurrencia internacional en lo referente a información (inteligencia), seguimiento, interoperabilidad, trabajo en conjunto, capacitación, intercambio de procedimientos, empleo de nuevas técnicas y sobre todo, consenso en la forma de actuar. Es decir, es preciso el diseño de una política de Estado conjunto-combinada y -al menos- regional, y no una política sectorial y local que posiblemente abordaría el tema de forma parcial y sesgada, cuando no ineficazmente.

Pero los trabajos necesarios derivados de esas propuestas comunes, no han sido realizados por todos los países, y quienes los han hecho, no necesariamente los implementaron con idéntica energía y decisión, tal y como el profesor Merlos explica:

Partiendo de la consideración genérica de que hoy la amenaza yihadista es baja para la mayor parte de Estados de América Latina, cada uno de los gobiernos ha planificado, ejecutado y controlado medidas muy tenues para reforzar sus capacidades antiterroristas y mejorar la seguridad en el control de fronteras.

Argentina, Panamá, México y El Salvador han hecho significativos avances desde el punto de vista de la preparación, la prevención y la anticipación. Otros Estados han actuado con mucha menor urgencia y diligencia. Es el caso de las naciones centroamericanas, que aun reconociendo su vulnerabilidad a los ataques o el tránsito de terroristas y aun asumiendo la seria posibilidad de conexiones entre la criminalidad organizada y el terrorismo, han mejorado mínimamente los sistemas de vigilancia en sus fronteras y puertos marítimos[90].

Afrontar dichas amenazas con garantías de éxito, requiere de la formulación de objetivos estratégicos al más alto nivel político (Estrategia general)[91], donde la concurrencia de todas las áreas del poder sirva para alcanzar, progresivamente, metas parciales que nos conduzcan al objetivo final. Es posible que en este amplio campo de las amenazas emergentes haya que incluir como más peligrosas, desde una perspectiva global, la proliferación de armas portátiles y de destrucción masiva (asociadas al fin de la Guerra Fría), el desequilibrio económico Norte-Sur (producto de políticas económicas erradas), el tráfico de tecnología de “doble uso” y las catástrofes producidas por luchas étnicas o choques de culturas[92], además del terrorismo global (yihadista), todas ellas alejadas de habituales planteamientos  donde se incluían las amenazas “clásicas” o tradicionales. 

También es necesario abordar en este análisis la posibilidad de que el desvío de la misión principal de los ejércitos para que se impliquen en la lucha contra las citadas (nuevas) amenazas, puede entenderse como una geoestrategia de ciertas potencias o grupos de interés destinada a eliminar la capacidad militar nacional o la que pudiera conformarse, por medio de alianzas en determinados espacios subcontinentales, de forma que no sólo se debilite el Estado-nación, sino que se impida la formación de bloques regionales militares sólidos y se dispersen los esfuerzos conjuntos, que generen  generando un cierto grado de dependencia en el sector de la defensa (y de la seguridad)[93]. Estas reflexiones, por supuesto, no pretenden insinuar que determinados temas deben quedar fuera de la agenda de Seguridad (o de la Defensa), tales como: la defensa de las democracias, la pobreza extrema, el narcotráfico, el narcoterrorismo, el crimen internacional organizado y la defensa de los recursos naturales[94]. Es preciso tener en cuenta que “el rechazo absoluto al uso de recursos y métodos militares para enfrentarse a los yihadistas no es prudente ni realista”[95]. El uso de las fuerzas armadas para combatir el terrorismo es bastante debatido, con tendencias diametralmente opuestas, según quien las emita:

          La creciente asignación a los Ejércitos de funciones ajenas a sus misiones fundamentales de defensa militar de la independencia, soberanía e integridad territorial. La realización por las Fuerzas Armadas de labores de seguridad ciudadana, lucha contra la delincuencia organizada, intervenciones con ocasión de catástrofes naturales y otras diversas tareas humanitarias en apoyo de la sociedad es indicativo de la falta de mecanismos de seguridad, protección civil y servicios sociales, más que una muestra de la necesidad de los ejércitos. Además, hay que considerar que la utilización de la costosa organización militar para la realización de estas labores es ineficiente en términos de coste-beneficio[96].

          ¿La lucha contra el terrorismo es el nuevo catalizador para dar sentido a las fuerzas armadas? Mi respuesta es que no, teniendo en cuenta la complejidad del fenómeno terrorista y la continuidad de los tradicionales problemas de seguridad y defensa[97].

          …., había que insistir en que la lucha antiterrorista no debía ser exclusivamente una labor de las fuerzas militares y políticas, o de los servicios de información, y que había que adoptar un enfoque más amplio, basado en los elementos siguientes: la disuasión, procurando remediar las causas del terrorismo o los factores que lo favorecen; la educación; la cooperación mundial; el fortalecimiento de la capacidad estatal para impedir el reclutamiento y las operaciones de los grupos terroristas; y el control de los materiales peligrosos[98].

De forma general, cualquier actuación capaz de socavar pilares estatales tradicionales, de crear inseguridad, de generar problemas sociales, económicos, de relación, medioambientales o de cualquier otro tipo, puede ser motivo suficiente para ser incluido en aquella agenda y, por tanto, enfrentada con todos los medios disponibles, si bien atendiendo a las diferentes visiones y posibilidades de cada Estado. En el caso particular del terrorismo que ocupará el resto del trabajo, tomamos las conclusiones de Ibáñez F.:

…., no es difícil concluir que el terrorismo representa hoy la más seria amenaza para nuestro mundo, para nuestra civilización, pues lo que buscan los terroristas es explotar las debilidades de nuestras sociedades posmodernas con el fin de alcanzar violentamente objetivos políticos. Los terroristas buscan dividir, juegan con nuestros valores y principios -libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho-, y los usan contra nosotros. Los terroristas le hacen preguntas difíciles a nuestras sociedades -“¿Deberían ser respetados todos los credos? ¿Deberíamos anteponer la seguridad nacional a consideraciones relativas a los derechos humanos? ¿Deberíamos enfrentar la amenaza en casa o en el extranjero?”-, y preguntan porque saben que muchos han olvidado o ignoran de manera intencionada, los valores y principios que ayudarían a dar respuestas directas. De ahí la desunión social. De ahí la quiebra de las democracias liberales[99].

2.1 Enfrentado la amenaza

Aunque ya se ha meditado sobre el término “nuevas amenazas” y concluido que no son realmente nuevas sino que cuentan con desafíos diferentes o formas distintas de manifestación -según la que se trate-, el terrorismo global o yihadista presenta retos importantes para la mayoría de los países ante la necesidad de enfrentarlo de la manera que en cada región del mundo se estime más conveniente (o en función de cómo se ha llegado a percibir o a comprender).

Una de esas formas ha sido acudir a la legítima defensa que la Carta de las Naciones Unidas recoge[100], como opción ante un ataque. Desafortunadamente, no todos los países (ni tampoco todos los autores) se ponen de acuerdo sobre el marco de aplicación necesario (previo) para la legítima defensa como respuesta a un “ataque” (acción) terrorista. Se agrega a esta incertidumbre otra ya indicada con anterioridad: la inexistencia de una definición internacionalmente aceptada de terrorismo, lo que torna más complejo las posibilidades de actuación frente a acciones terroristas. Se tiene en cuenta, además, que los grupos terroristas pueden estar apoyados por (desde) un Estado, pueden desenvolverse y planificar actuaciones dentro del mismo, o proyectarse sin el consentimiento de aquel en el que operan sus bases. Bermejo García considera que:

Así las cosas, no es de extrañar que muchos Estados hayan reaccionado frente al terrorismo internacional recurriendo al uso de la fuerza, sin excluir la guerra preventiva, guerra que ya venían practicando ciertos Estados como Israel, pero también los Estados Unidos y Rusia[101].

El concepto de legítima defensa no es, en el fondo, el tema profundo de discusión. Más bien es aquel otro de la “legítima defensa preventiva”. Es decir, la actuación del Estado que se defiende de un “supuesto o hipotético” ataque (de un grupo terrorista) que, evidentemente, opera (radica) en el interior del espacio geográfico de otro Estado y, por tanto, el ataque debe conducirse dentro de los límites del Estado que los “acoge” o “protege”. De otro lado, la Carta de Naciones Unidas no especifica que el ataque, necesariamente, tenga que provenir de un Estado[102],lo que amplía el margen de interpretación en relación con el origen del problema. A esta reflexión compleja, se le debe agregar la que el profesor Bermejo García plantea en uno de sus trabajos[103]: “¿se puede calificar los actos terroristas como ataques armados que den lugar al derecho de legítima defensa o no?”. Pareciera que guardando consecuencia con lo expuesto hasta el momento y al no contar con una definición de acto terrorista, quedaría a criterio del Estado calificador (o de los Estados u organización internacional) la determinación de este sustancial aspecto. El profesor Carrasco Jiménez lo recoge de una forma clara (y contundente) citando al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas: “consideraremos un acto terrorista como tal cuando nosotros quince hayamos convenido en considerarlo como un acto terrorista”[104], lo que cierra el círculo de la interpretación subjetiva pero sin que existan más garantías que las asumidas en un Consejo de Seguridad cuestionado y criticado en diversos medios y ocasiones en relación con la forma de tomar decisiones (derecho de veto de algunos de sus miembros) o la falta de representatividad de ciertos continentes o regiones. La pregunta del profesor Bermejo deja al descubierto precisamente el subjetivismo (incluso la parcialidad) con que pueden juzgarse ciertos actos para llegar a concluir si son o no terroristas, con la consecuente trascendencia y repercusión en el escenario político internacional.

El mismo autor establece que las agresiones pueden considerarse como directas o indirectas. Las primeras obedecen al envío  por parte del Estado, donde radica la base de personas para que cometan actos terroristas. Las segundas (indirectas), se refieren a la incitación (acogida o tolerancia de actividades), por parte del Estado en la que los terroristas se mantienen para que puedan actuar. En el ámbito hemisférico, algún ejemplo de los casos indirectos, podría asociarse con ciertas acusaciones hechas contra Venezuela por ceder parte de su territorio fronterizo para descanso, refugio y base logística de las FARC. Respecto a las agresiones directas, es más difícil de poder encontrar claros ejemplos, aunque la pasividad, cuando no precisamente la colaboración del régimen talibán afgano se toma como una de ellas. En el particular caso de Al-Qaida, se afirma:

El Gobierno talibán, se sabe, y está probado, que dio apoyo a la organización terrorista Al-Qaida, prestó su territorio para dar refugio a esa organización, permitiendo además que estableciera bases propias para su entrenamiento y se negó  a extraditar al líder Osama Bin Laden[105].

Ahora bien, si se acepta, tal como muchos autores apuntan (y como vimos que la Carta de ONU no revoca), que la agresión puede venir de un grupo (no necesariamente de un Estado), el profesor Karl Zemanec, tras dejar claro que el 11 de septiembre de 2011 fue un “ataque armado”, responde a la pregunta que él mismo plantea  (¿quién es el atacante?), de la siguiente forma: “…, si una organización terrorista es una amenaza para un Estado contra el que se había lanzado un ataque, el Estado atacado puede pedir al Estado en el que se encuentra dicha organización, su eliminación”[106].

La justificación de la legítima defensa preventiva contra el terrorismo, tiene un sustento técnico complejo, pero también uno más superficial y  más claro. El profesor Bermejo lo explica de la siguiente forma: “… no se puede tolerar que un Estado amenazado de destrucción tenga que padecer ésta para poder defenderse legítimamente”[107]. Para sostener el anterior argumento conviene comentar que en 1946, el primer informe de la Comisión de energía atómica de la ONU reconoció que el primer ataque atómico podría ser decisivo desde el punto de vista militar, y proponía que se considerase ataque armado no solamente el empleo de la fuerza atómica, sino otras actuaciones preliminares que fuesen necesarias para ello, como por ejemplo la violación de las disposiciones de un tratado. Para agregar otros aspectos que terminan por hacer mucho más complejo el análisis del anterior escenario planteado, algunos autores como Javier Jordán, añaden que la lucha contra el terrorismo “deja de ser una guerra entre Estados, y pasa a desarrollarse entre estos y actores no estatales… Pero la guerra contra el terrorismo es además una guerra asimétrica y multidimensional…” [108].

Aunque ya se comentó el contenido del artículo 52 de la Carta de las Naciones Unidas, es preciso, ahora, considerar las recomendaciones que al respecto hace el Instituto de Derecho Internacional (IDI), particularmente en su resolución de 27 octubre de 2007[109], al abordar el tema. Fundamentalmente acota la legítima defensa, cuando el ataque armado se puede considerar “en curso o con inminente claridad”, sin aprobar la defensa “preventiva” si no se dan cualquiera de las anteriores condiciones y reconociendo que el ataque contra un Estado puede provenir de un actor no estatal (algo ya indicado). Dicha resolución señala: “El derecho de legítima defensa del Estado víctima nace ante una ataque armado (“agresión armada”) en curso de realización o manifiestamente inminente (….)”. Pero, ¿cuándo lo latente puede interpretarse como inminente? En todo caso algunos autores señalan contundentemente: “Según esto [el contenido de la citada resolución], la legítima defensa preventiva, así entendida, estaría prohibida…” [110].

Ello no aclara sustancialmente los argumentos hasta ahora presentados, antes bien, genera un punto de vista polémico y de difícil discusión técnica. Simplemente constata la dificultad de definir, aprobar o “comprender” la legítima defensa preventiva como una acción claramente sujeta al derecho internacional y, por otra, sitúa cualquier actuación terrorista proveniente de un actor no estatal como sujeto de acciones por parte del Estado afectado, lo que viene a sustentar la tesis de otros autores entre los que cabe citar a Gutiérrez Espada[111]. En todo caso, esta situación (o laguna) interpretada de distinta forma según los autores, las organizaciones o los Estados, viene a evidenciar algo que también se aborda en otros estudios: la crisis del sistema internacional de seguridad: “El Sistema de Seguridad Colectiva de la Carta de Naciones Unidas, fracasa estrepitosamente de nuevo a inicios del presente siglo…” [112], afirmación que sustenta el autor en la permisividad con los Estados Unidos por el uso de la defensa preventiva, aún sin que se percibiera claramente un inminente ataque armado. En esos casos (la invasión de Irak es un ejemplo al que frecuentemente se recurre), se pueden dar actuaciones que sobrepasen en mucho esa ya difusa línea donde se plantean discusiones como las que se vienen comentando. Este extremo fue contemplado en un informe del ex secretario general de la ONU, Kofi Annan, y aunque “descarta claramente la posibilidad de un uso unilateral de la fuerza armada en supuestos de  ‘amenazas que no son inminentes sino latentes’”[113], no es menos cierto que reconoce el derecho al Consejo de Seguridad para que haga uso de la fuerza militar (cuando la amenaza es latente), “inclusive de manera preventiva” y, más adelante, (siguiente punto) anima al Consejo a que funcione mejor en lugar de buscar “alternativas como fuente de autoridad”, y reconoce implícitamente el cuestionamiento, en relación con el fracaso del sistema de seguridad antes mencionado[114].

En resumen, la diversidad de opiniones, el entorno y el actuar de las distintas organizaciones que lideran, promueven estudios o generan “jurisprudencia” en relación con estos temas y otras cuestiones indicadas. Además, llevan a la conclusión de la dificultad y sobre todo de la prudencia a la hora de abordar estos temas, lo que se puede traducir en una falta de claridad y contundencia en ciertas definiciones o acepciones y hace más compleja la interpretación, el análisis y la toma de decisiones en situaciones en las que el terrorismo y/o las acciones contraterroristas estén presentes. La subjetividad nuevamente es la constante en el abordaje de estos delicados temas.

3. Reflexiones en torno al marco conceptual del terrorismo

Parece oportuno comenzar con lo que serán las conclusiones de estas reflexiones. La razón es poner al lector en contexto, desde el inicio, de algo que es conveniente considerar seriamente, a medida que se profundiza en el tema: el marco conceptual del terrorismo. El profesor Carrasco Jiménez[115] inicia un capítulo de uno de sus trabajos indicando lo siguiente:

…, el sistema jurídico no dispone de una definición general, precisa y global de terrorismo, ya que los intereses políticos (subsistema político), la heterogeneidad de las propuestas de definición de los especialistas (subsistema científico) y la manipulación mediática (subsistema mediático) abonan la confusión semántica del término terrorismo.

Es decir, no hay una definición de terrorismo universalmente aceptada y lo que puede parecer aún más grave (o llamativo), es que existen pocas esperanzas de que en un futuro próximo se pueda llegar a ella.  De este vacío el profesor Bermejo García se lamenta:

Y es que no deja de ser chocante que, a pesar de que los criterios que califican un acto como terrorista son bastantes claros, todavía no tengamos a día de hoy una definición consagrada de terrorismo internacional adoptada por la sociedad internacional en su conjunto, incluso después de los atentados del 11 de septiembre de 2001[116].

Y otros autores enfatizan en torno a la ausencia advertida:

Tal como lo señaló el Procurador General ante la Corte Suprema argentina, en el caso «LarízIriondo» no existe en el área del derecho internacional convencional una definición de terrorismo, aunque resulta notoria la preocupación en ese ámbito por prevenir y disponer la cooperación entre estados a fin de combatirlo eficazmente[117].

Lo que para determinados colectivos son actos terroristas, para otros pueden ser actos de valor que permiten liberar a sus pueblos. Siguiendo esa lógica será muy complicado para la comunidad internacional llegar a un consenso en torno a una definición “suficiente” (“mínima”) de terrorismo que, por otra parte, responda a un consenso o a una aceptación mayoritaria: 

Hoy en día, no cabe duda de que esta [se refiere a lo que podría considerarse terrorismo] confusión es en gran parte responsable de que no tengamos a nivel internacional una definición generalmente aceptada de terrorismo, generando así graves lagunas en el ámbito del Derecho Internacional a la hora de adoptar determinadas medidas para poder defenderse de esta lacra[118].

Para muchos analistas la indefinición es vista como un obstáculo:

La revisión del estado actual de la (in) definición jurídica del terrorismo, a nivel nacional e internacional, nos conduce a plantearnos por qué no se alcanza una definición general y universal del terrorismo, después de más de un siglo de terrorismo, desde los anarquistas decimonónicos hasta Al Qaeda, y de tantas declaraciones despreciando, condenando y vituperando el terrorismo. La respuesta, creemos que se puede encontrar en tres ámbitos: políticotico y cientñifico.n tres  tantas declaraciones despreciando, condenando y vituperando el terrorismo. La respuesta creemos que sítico, mediático y científico[119].

El mismo autor señala a varios protagonistas que, en algún momento, fueron tachados de terroristas y, en otro, recibieron galardones internacionales. Entre ellos destaca a Nelson Mandela, quien pasó de dirigir el Apartheid, a ser presidente de su país y Premio Nobel de la Paz, además de que se le concedió la medalla de Oro del Congreso de los EE.UU.; el israelita Menahem Begin, líder de otra organización terrorista quien se convirtió en el primer presidente de Israel y fue Premio Nobel de la Paz, y Yasser Arafat quien obtuvo similar galardón aunque con anterioridad fue vinculado por Israel con acciones terroristas.

Los propios orígenes del terrorismo (conectándolos con el “terrorismo de estado”),  son descritos por algunos autores de forma particular y no necesariamente siguiendo concepciones “tradicionales”. Como ejemplo se podría citar a Gómez Barata, cuando indica:

De ese modo, podrá entenderse cómo y por qué el terrorismo que en su versión moderna, se originó en los Estados Unidos para confrontar la revolución cubana, se generalizó e internacionalizó, transformándose en método que después fue utilizado contra Chile y Nicaragua, convirtiéndose luego en un bumerang que golpea el rostro del creador y lo que es más lamentable, a su población inocente[120].

Ciertos autores clasifican el fenómeno terrorista en función del momento histórico en que se produce. Wilker contempla “cuatro fases de su desarrollo evolutivo: anarquista, insurgente, revolucionario y fundamentalista y nacionalista. La segunda se detiene en el terrorismo fundamentalista o neoterrorismo…”[121].

Por tanto, la pregunta que surge es sobre la necesidad (o no) de llegar a un acuerdo sobre la adopción de una única definición del terrorismo en el ámbito internacional. Esta misma incertidumbre puede extrapolarse a distintos ámbitos nacionales en que las discusiones no han finalizada (apenas han comenzado) y tampoco se cuenta con el consenso suficiente en torno a la respuesta que se busca. Relacionado con ello, Carrasco Jiménez señala: “En materia contraterrorista hemos visto que las legislaciones nacionales y los tratados internacionales adolecen de importantes problemas de precisión y completitud”[122].

La historia del siglo XX está repleta de acontecimientos que según quien los narre pueden denominarse de formas muy diferentes. Algunos (citamos como ejemplo a Judith Larsonpara el particular caso latinoamericano[123]) elaboraron trabajos defendiendo, incluso, la lucha armada como única forma de enfrentar lo que denominaron “situaciones coloniales o neocoloniales”, y así pretendían demostrar que “los intentos guerrilleros en su conjunto pueden calificarse de ‘extremistas’ o de ‘terroristas’, o bien enmarcarse dentro de lo que se conoce como iniciadores de ‘movimientos de liberación nacional’”. Algo que no todos los autores comparten e incluso confrontan. Como contrapunto, lo que Rojas manifiesta es:

“Durante la Guerra Fría, en los denominados  ‘conflictos regionales’ se usó el terrorismo apoyado por las superpotencias en Centroamérica, en África y en Afganistán. Aún los movimientos más locales poseen visiones globales o tiene vínculos internacionales”[124]

El particular marco de análisis que utiliza Larson para posterior justificación, distingue dos formas de expresión de la violencia: discriminada e indiscriminada:

Entendemos por expresión discriminada aquella que se realiza dentro de un contexto de objetivos político-militares y que afecta a los grupos políticos agresores o usurpadores del poder. La violencia indiscriminada afecta a personas o grupos que no están directamente relacionados con ninguna de las dos situaciones anteriores. En términos de estas tres variables podemos distinguir el extremismo y el terrorismo de los movimientos de liberación nacional.

El extremismo y el terrorismo son fenómenos de violencia política que afectan en forma marginal a una sociedad. Practicados por grupos minoritarios de la población, no encuentran, normalmente, apoyo y tienden a desaparecer con el tiempo, en la medida en que el sistema político permite la libre participación de todos los grupos, en igualdad de condiciones[125].

Es evidente que en aquel entonces la autora no podía evaluar la persistencia de las organizaciones ETA o IRA, a pesar de que los regímenes de sus países de origen  permitieron la participación política dentro del correspondiente marco legal vigente, siempre que renunciaran a la violencia, lo que invalidaría las conclusiones antes citadas, ni tampoco el futuro de las FARC que se transformaron en una “narco-guerrilla” o en un grupo terrorista -tal y como reconocen muchos países del mundo- mucho menos el terrorismo global que aquí se comenta y analiza. Además, en un intento de redimir aún más de la culpa a esos “libertadores”, agregaba:

La distinción entre terrorismo y extremismo y la guerra popular (aunque esta sea en su fase inicial) es uno de los elementos que los grupos que tienen el poder en una situación colonial tratan de obviar, calificando de terrorista a cualquier grupo que emprende la lucha armada[126].

Esta confrontación entre definiciones, conceptos y realidad vivida es algo que perdura todavía en el imaginario social de muchos países latinoamericanos. La violencia, incluso la más extrema y organizada, ha terminado por derribar una serie de creencias y aspiraciones que sustentaron por mucho tiempo esta otra afirmación de Larson sobre la superficialidad de pensar que la guerrilla latinoamericana fue terrorista, distinción que a la fecha, y según qué países, es compartida por diversos sectores sociales en mayor o menor medida. La misma autora señalaba al respecto que ”en la guerrilla latinoamericana el terrorismo ha sido excepcional y, casi siempre, un subproducto de la lucha”[127].

Esta discusión no está terminada y otros autores presentan alternativas diferentes a la hora de comentar o analizar definiciones diversas. Un ejemplo de ello es el recogido por Gelli (con citas de otros ensayistas) en uno de sus trabajos:

Así, un revolucionario es «…un individuo política, ideológica y culturalmente independiente. Tiene propios fines, su propia tabla de valores, su propio camino. Y cuando da un paso, lo da arrastrado teleológicamente hacia delante por aquella objetiva constelación de fines que lo trasciende. Un rebelde, en cambio, vive de rebote. La dirección de sus movimientos no está marcada por metas que lo atraen sino por realidades dadas que lo repelen. (…) Mientras (el revolucionario) rechaza una realidad dada con el ánimo de superarla, el rebelde la rechaza con el ánimo de que su rechazo conste». Aunque ambos, los revolucionarios y los rebeldes, emplean la violencia contra el orden establecido, los últimos la consideran constitutiva de su accionar y de la imagen que de sí mismos tienen y que quieren que los demás tengan acerca de ellos. Esa singularidad de los rebeldes favorece el empleo de acciones terroristas, ya sea que la necesidad de dejar constancia del obrar sea impulsada por motivos personales y psicológicos de quienes se asocian a esos fines, o por requerimientos estratégicos de la lucha que entablan. En cumplimiento del objetivo de dejar constancia de la identidad del grupo que opera y  del alcance de su accionar, la escalada de la violencia -cada vez más brutal- no se detiene en el ataque a objetivos específicos o determinados vulnerando, sobre todo, a las poblaciones civiles e indefensas[128].

Una visión de esa discusión, todavía viva y alimentada por diversos sectores regionales e internacionales y que dificulta el consenso que se ha indicado desde hace mucho tiempo, la promueve también Larson, quien concluye:

Se ha intentado demostrar en este trabajo que las manifestaciones de violencia política en América Latina no son expresiones de terrorismo o de extremismo político, sino que son una forma embrionaria de lucha armada en una situación que bloquea las posibilidades de cambio social a través de los mecanismos meramente políticos[129].

Aun considerando la fecha en que fue escrito el trabajo, en 1977, se puede percibir esa sensación todavía presente en el discurso político y social de muchas naciones de América Latina, incluso el rescate del mismo que se hace por ciertos dirigentes.

Wiltker califica de forma diferente lo que sucedió durante aquel tiempo y contrapone el argumento de Larson:

Y precisamente, cuando el terrorismo anarquistacomienza a adquirir incipientes rasgos de organicidad producto de los influjos de la revolución bolchevique, en América Latina nacen movimientos insurgentes de heterogénea raigambre y difuso planteamiento de redención social, pero que se caracterizan por la utilización de técnicas terroristas (asesinatos selectivos, matanzas de civiles, secuestros, destrucción de propiedad privada y pública) para amedrentar al Estado y a la población[130].

Más delante, analiza e interpreta el concepto “guerrilla”, también abordado por Larson, aunque de la siguiente manera:

Posteriormente, en su tercera fase de desarrollo [del terrorismo], la violencia política de tipo revolucionario adquirió una dimensión más claramente antisistémica, que procuraba un cambio radical del orden político, social y económico, asociado a la idea del socialismo/comunismo, y a través de la constitución de un grupo cohesionado y altamente homogéneo, la guerrilla, que se entendía a sí misma como vanguardia popular[131].

Y, como punto final de esta reflexión, el mismo autor indica en otro apartado posterior, lo siguiente:

Sin embargo, la fuente primaria que con mayor nitidez fundamenta las similitudes entre ambos es la célebre obra de Caros MarighellaManual del guerrillero urbano, verdadero ícono del movimiento insurreccional de los 60 y 70, que pone énfasis en la necesidad de ejecutar acciones que generen miedo en el establishment capitalista.

(…), son numerosos los casos en que la frontera entre un terrorista y un guerrillero, o un terrorista y un insurgente, es extremadamente tenue. La mayoría de los casos corresponde a un mismo modus operandi, signado por el terror en contra de la población civil y como parte de un enfrentamiento político con el adversario[132].

En definitiva y ante la ausencia de un acuerdo sobre qué es terrorismo, es posible sustentar muchas afirmaciones incluso contrapuestas. Entre ellas la de Gayraud y Sénat:

…, se ha decretado la caza universal contra el terrorismo sin definirlo, pero esta situación jurídica atenaza la libertad, la igualdad y la justicia de los ciudadanos, en pro de la “seguridad nacional” y la razón de Estado: el ciudadano al servicio del Estado, en vez del Estado al servicio del ciudadano[133].

Sin embargo, hay que reconocer que se ha hecho un cierto avance, gracias a la aprobación de varias convenciones que tratan el asunto, aunque no siempre de forma clara, directa y contundente. No obstante, el “problema” de comprensión del fenómeno que pareciera crear la falta de definición, y la consecuente discusión y debate sobre el tema, todavía debe ser abordado con mayor profundidad y lejos de pensar en encontrar una salida, se podría ralentizar o estancar todavía más la búsqueda de la solución. ¿Quiénes podrán ser calificados de terroristas y quiénes de luchadores por la liberación de sus pueblos? ¿Qué métodos serán aceptables y qué otros reprobados? Es de suponer que en este debate, determinados países intentarán imponer su visión de las cosas[134].

El ex secretario general de la Organización de Naciones Unidas, Kofi Annan, insistió, en su momento, en la necesidad de lograr una definición de terrorismo que gozara de la aceptación general de la comunidad internacional[135]. El problema es evidenciado por Bermejo García y López-Jacoiste Díez, quienes señalan lo siguiente:

Esta ambigüedad de Naciones Unidas en materia de terrorismo internacional no sólo ha planteado serios problemas a la sociedad internacional, sino que ha impedido en muchos casos afrontar el problema con ciertas dosis de realismo, al partir de la premisa de que le terrorismo era sobre todo un fenómeno social[136].

Por otro lado, Yasser Arafat en su discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, en noviembre de 1974, dijo: "No se puede llamar terrorista a quien defiende una causa justa, a quien lucha por la liberación de su tierra invadida"[137].Con ese concepto. Arafat quiso justificar los actos terroristas de la Organización para la Liberación de Palestina (OLP) contra Israel, al igual que el ataque de Siria y Egipto a Israel, en octubre de 1973 (guerra de YomKippur), e intentaron recuperar las tierras ocupadas. En relación a esas dos visiones de sucesos y su tipificación, Pulido Grajeda comenta:

Siguiendo la opinión de Tamara Makarenco, la afirmación de que en la actualidad se presenta una gran dificultad a la hora de establecer una separación entre las motivaciones políticas y criminales de ciertos grupos, es un hecho. Si se establece una línea en la que en el extremo izquierdo se sitúen las organizaciones del crimen organizado y en el derecho los grupos terroristas, se puede observar una relación entre los grupos motivados criminal o políticamente, estableciendo cuatro categorías: alianzas, motivaciones operacionales, convergencia y síndrome del “agujero negro”[138].

En cualquier caso, los jefes de Estado islámicos, reunidos en la conferencia de Kuwait de 1987, hicieron suyo aquel punto de vista de Arafat, al proclamar su convicción de que era necesario "distinguir entre las brutales e ilegales acciones terroristas perpetradas por individuos, grupos o Estados, y aquellas otras legítimas de las naciones oprimidas y subyugadas contra todo tipo de ocupación extranjera"[139].  Si lo dicho por Arafat pudiera tener sustento (¿sentido?) en ciertos casos, avalar los ataques contra la población civil por defender una causa, no deja de ser una actitud que necesariamente tiene que calificarse como terrorista. El profesor Villamía Ugarte es claro al recoger en su trabajo las razones de fondo: “Posiblemente el mayor problema radique en la pretensión de los países islámicos de que se distinga la definición del terrorismo de la lucha de los pueblos contra la ocupación extranjera y por su libre determinación”[140].  Pareciera darle la razón al autor el hecho de que, a pesar de que el artículo primero de los estatutos de la Organización para la Cooperación Islámica (OIC) recoja una definición de terrorismo[141]. El segundo de ellosindicaclaramenteque: “Peoples struggle including armed struggle against foreign occupation, aggression, colonialism, and hegemony, aimed at liberation and self-determination in accordance with the principles of international law shall not be considered a terrorist crime”[142]. Lo que retorna el debate al cuestionamiento de la inseguridad jurídica por ausencia de definición y las repercusiones  político-jurídicas que ello puede acarrear al momento de plantear el tema.

Reforzando lo anterior y teniendo en cuenta esa doble percepción del concepto (delito o lucha justificada), Regueiro Dubra dice:

Ahora bien, en el marco de la lucha contra la ocupación, esos “liberadores” (hoy en día pensamos Hamas en Gaza o Hizbollah en el sur del Líbano) son considerados grupos terroristas, esa categorización política tan sumamente cómoda puesto que permite incluir en ella cualquier movimiento o grupo que no sea conveniente para los intereses dominantes[143].

Y agrega Salas en la misma línea, al comentar su entrevista con el director de la Liga Mundial Musulmana en Venezuela, sobre la cuestión del terrorismo:

Hay una diferencia entre la ignorancia y ente saber y hacerse el ignorante. Te voy a decir una cosa: antes de la guerra de Iraq no había una definición de lo que es terrorismo. Terrorismo es una expresión flotante que no tiene nada que lo limite y por esa razón consideran que quien defienda su tierra, su patria, es un terrorista[144].

Ese interés “disperso” en relación con la búsqueda de un concepto internacionalmente aceptado, pareciera que se hace mucho más concreto, al parecer de ciertos analistas, cuando destacan el 11 de septiembre de 2001 como la fecha de toma de conciencia de la región (y del resto del mundo) en relación con la necesidad de promover acuerdos de mayor compromiso: “…., aunque la simiente de una coordinación internacional de esfuerzos en materia de lucha antiterrorista -incluyendo el aspecto jurídico- esparcida desde los años 1960, existía, no germinó hasta los atentados del 11 de septiembre de 2001…”[145].  En esa sintonía se puede encuadrar la opinión  del profesor Owada, cuando manifiesta:

…, nos enfrentamos a un nuevo tipo de terrorismo que ha aparecido en la escena internacional: nos referimos a actos terroristas financiados por entidades no estatales que intentan causar la muerte de un elevado número de personas, y cuyas actividades tienen un alcance cada vez más globalizado del mismo modo que las actividades de los Estados con sus agendas políticas internacionales.

Es decir, en este contexto se hace imperativa una respuesta colectiva –ya sea a través de un grupo de Estados o a través del Consejo de Seguridad– cuando se trata de decidir la forma de abordar el terrorismo internacional en esta nueva situación.

En este sentido [se refiere al 11 de septiembre de 2001], la situación creada por este ataque fue algo que no encajó fácilmente en la definición tradicional de terrorismo como acto criminal que se persigue dentro del marco del sistema penal nacional[146].

Y a continuación la opinión del profesor Bermejo, quien sostiene esa misma línea argumental: "Los acontecimientos del 11 de septiembre han dinamizado al derecho internacional en materia terrorista, que hasta ese momento parecía estar anquilosado, sin que se viera con capacidad para dar una respuesta creíble y contundente contra los grupos terroristas"[147].

El 27 de diciembre de 2001, el Consejo Europeo[148]decidió establecer una posición común para combatir el terrorismo, asumiendo la necesidad de definir los delitos terroristas, ya que en las leyes penales de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea no existía. La relación incluye y define una serie de actos -desde el homicidio hasta el apoyo a un grupo terrorista- que deben ser considerados terroristas cuando puedan dañar seriamente a un país o a una organización internacional y se cometan con uno de los siguientes objetivos:

a. Intimidar seriamente a una población

b. Obligar indebidamente a un gobierno u organización internacional a realizar o dejar de realizar una actuación

c. Desestabilizar seriamente o destruir las estructuras políticas, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional

La inclusión -como terroristas o grupos terroristas- en un listado único, unificado y aceptado por todos los países de un área geográfica, es un punto muy importante a tener en cuenta. Tanto que permite enfocar el problema desde una única perspectiva, independientemente de la ausencia de una definición concreta. Walser dice al respecto:

The U.S. designated FARC and the ELN as FTOs in 1997. FARC is also considered a terrorist organization by the European Union. By contrast, the Organization of American States (OAS) has made no such determination, inexplicably allowing FARC in the eyes of many Latin American leaders to exist in a state of legal ambiguity. Given the OAS’s stance on democracy and its opposition to terrorism, including an inter-American anti-terrorism convention, this position badly needs revision. The OAS’s waffling over the true nature of FARC and its regular use of terrorism and its involvement in the drug trade severely weakens the credibility of the world’s oldest regional body[149].

La propia Unión Europea perfeccionó el documento anteriormente citado al emitir, el 13 de junio de 2002, la Decisión Marco del Consejo[150] por la que se consideraría delito de terrorismo:

“…, actos intencionados cometidos con el propósito de: intimidar gravemente a una población; obligar indebidamente a los poderes públicos o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo; desestabilizar gravemente o destruir las estructuras fundamentales políticas, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional. Además, los Estados miembros se comprometieron a tipificar como delito la inducción, la complicidad y la tentativa de cometer cualquier de estos actos”[151].

Esa nueva concepción generó, entre los Estados europeos, la adopción de la anterior definición así como la de grupo terrorista y delitos ligados a las actividades terroristas. El avance supuso un importante salto cualitativo ya que precisó determinados aspectos necesarios para el sustento del marco jurídico que posteriormente se desarrolló en cada país.

Por su parte, el 6 de agosto del 2002[152], la Asamblea General del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en sendas cartas idénticas, fechadas el 1 de agosto y dirigidas al presidente de la Asamblea General y al Presidente del Consejo de Seguridad en su literal 13, dicen:

Aunque no se pretende dar una definición exhaustiva del terrorismo, sería conveniente delinear algunas características generales del fenómeno. En la  mayoría de los casos, el terrorismo es esencialmente un acto político. Su finalidad es infligir daños dramáticos y mortales a civiles, y crear una atmósfera de temor, generalmente con fines políticos o ideológicos (ya  sean seculares o religiosos). El terrorismo es un acto delictivo, pero se trata de algo más que simple delincuencia. Para superar el problema del terrorismo es necesario  comprender su carácter político y también su carácter básicamente criminal y su psicología. Las Naciones Unidas tienen que ocuparse de los dos miembros de la  ecuación.

El documento pone énfasis en el concepto de “acto político” que va mucho más allá de la delincuencia, reduce el objetivo del mismo a civiles (algo que la experiencia demuestra que no siempre es así) y lo posiciona por encima de lo que pudiera entenderse como delincuencia común (¿plus de gravedad?): “Más que simple delincuencia”. En las mismas cartas referenciadas, en el numeral 15, dice: “El terrorismo es un fenómeno complejo, el cual no implica que no pueda adoptarse una actitud moralmente clara respecto a los ataques contra civiles”. En este sentido, la actitud moral sigue siendo una posición relativa dependiente de las raíces culturales que a la postre permiten identificar condicionamientos naturales y promover posturas a favor o en contra de actos terroristas[153].

Más tarde, en el informe sobre Tendencias del terrorismo mundial[154] -elaborado en el año 2002 por el Departamento de Estado de Estados Unidos[155]– se incluye la adopción de la definición de terrorismo (en ámbitos diversos) que recoge el título 22 del Código de los Estados Unidos, sección 2656f (d):

a. El término terrorismo significa violencia premeditada y políticamente motivada perpetrada contra no combatientes por grupos subnacionales o agentes clandestinos, usualmente con la intención de influir un público.

b. El término terrorismo internacional significa terrorismo que involucra a ciudadanos y territorios de más de un país[156].

c. El término grupo terrorista significa cualquier grupo que practica o que tiene subgrupos significativos que practican el terrorismo internacional.

En el año 2010, concretamente en el AAP-6 (2010)[157] (NATO glossary of terms and definitions) -por la que se actualiza una publicación anterior de 1999- la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) incluye definiciones de terrorismo y contraterrorismo:

Terrorismo: The unlawful use or threatened use of force or violence against individuals or property in an attempt to coerce or intimidate governments or societies to achieve political, religious or ideological objectives.

Contraterrorismo: All defensive and preventive measures taken to reduce the vulnerability of forces, individuals and property to terroris.

De una forma más clara y directa, TheNationalMilitaryStrategy of theUnitedStates of America 2011, recoge ciertas dinámicas[158] que pueden tener un determinado grado de incidencia en América Latina, las tres últimas con una conexión directa o indirecta con el terrorismo internacional. Para ello, y entre otras iniciativas, el documento contempla lo siguiente:

En el resto del Hemisferio Occidental, se fomentará la cooperación regional en Suramérica, Centroamérica y el Caribe, para mejorar la estabilidad y seguridad. En ese sentido, se da la bienvenida a iniciativas como el Consejo de Defensa de América del Sur, ya que pueden aumentar la interdependencia e integrar a los Estados en una arquitectura de seguridad común[159].

Hay que reconocer y destacar el importante esfuerzo académico, tanto por parte de diferentes organizaciones como por pensadores y estudiosos en general, en torno a promover una única definición de terrorismo que pueda ser internacionalmente aceptada (en el ámbito nacional latinoamericano, en general, este esfuerzo aún está por concretarse). Sería imposible hacer un relato de todos ellos o abordar las diferentes propuestas que se han sugerido en la discusión del tema. Por tanto, únicamente se esbozará un resumen de las definiciones (comentarios, en ocasiones) que incluyen aspectos sustanciales para discutir o que representan una originalidad o aporte sustancial, sin que ello desdiga, desplace o anule aquellas otras que no se incluyen, algo que por otra parte, sería imposible de hacer.

El profesor Reinares[160] propone lo siguiente:

Cuando una acción de violencia genera efectos psíquicos desproporcionados respecto a   sus consecuencias materiales, adquiere peculiaridades propias de lo que se denomina terrorismo.

En esta ocasión, no llega a definir el terrorismo pero si ciertas consecuencias (efectos psíquicos) que generan actuaciones que pudieran considerarse terroristas. Además, esos efectos deben ser desproporcionados respecto de las consecuencia materiales provocadas, limitando, con ello, el campo de aplicación[161].

El sociólogo alemán Ulrich Beck, expresa:

…, las redes terroristas son en cierto modo “ONGs de la violencia”. Operan como organizaciones no gubernamentales, desterritorializadamente, descentralizadamente, es decir, por un lado localmente y, por otro, transnacionalmente. (…) las ONGs terroristas desbancan el monopolio estatal de la violencia, cosa que significa, en primer lugar, que esta clase de terrorismo transnacional no está ligado al terrorismo islámico, sino que puede unirse con todos los objetivos,  ideologías  y fundamentalismos posibles[162].

En esta conceptualización -más sociológica que jurídica- el autor señala cómo el Estado pierde el monopolio de la violencia y también desliga, en cierta forma, el terrorismo transnacional (sin llegar a definir ese fenómeno) del islámico, algo que más delante otros académicos hacen converger en el sentido de que el terrorismo islámico (¿yihadista en visión de Beck?) es transnacional porque opera en cualquier parte del planeta.

El profesor Hoffman, por su parte, opina sobre el terrorismo de la siguiente forma:

El terrorismo mundial no es la simple extensión de la guerra entre Estados a actores no estatales. Es la subversión de estos, en la medida en que incita a sus víctimas a tomar medidas que, en nombre de la legítima defensa, violentan alegremente la soberanía de los Estados acusados de alentar el terrorismo. (…) El terrorismo es un fenómeno global que tiene por efecto fortalecer al enemigo -el Estado- al mismo tiempo que busca derribarlo. Los Estados que son sus blancos o víctimas, no tienen ningún interés en tratar a los terroristas como combatientes ilegales sometidos al derecho de guerra, tienen todo el interés en tratarlos como parias que están fuera de la ley al igual que los piratas o los culpables de genocidio[163].

En el trabajo indicado, se entrelaza el fenómeno terrorista y la globalización y se determina, claramente, como objetivo del terrorismo, al Estado (ya sea para fortalecerlo o destruirlo). El hecho de hacer hincapié en el poco interés del Estado hacia los terroristas como sujetos más de un marco penal común que de otro específico enmarcado en el conflicto bélico (guerra), recuerda la teoría sobre “el derecho penal del enemigo”[164], sin que evidentemente la mencione de forma directa, es más, incluso pareciera rechazar aun sin aportar argumentos más allá de una sutil crítica.

El profesor Walter Laqueur lo define como “el empleo sistemático de la violencia o la amenaza de usarla por parte de entidades menores que un Estado, con la finalidad de sembrar el terror en la sociedad para debilitar e incluso derrocar a quienes detentan el gobierno y así, producir un cambio político”[165].

Es importante el reconocimiento de que la entidad ejecutora tiene que ser “menor que un Estado” -lo que parece excluir el terrorismo estatal- y la necesidad de una sistematicidad en el uso de la violencia. Aunque no define el tamaño final de esa entidad, queda a criterio del lector imaginar la estructura que podría encajar en ese supuesto. Subyace igualmente la duda sobre si se requiere o no un fin político, además del simple cambio que propone.

El embajador PinheiorGuimarâes indica:

El terrorismo tiene su origen en la existencia de comunidades étnicas o religiosas significativas  dentro o fuera de su territorio nacional de origen y que están bajo la opresión política, económica y social, de otras etnias o grupos religiosos que controlan  el sistema político al que están sujetas. (…) Puede afirmarse que no está vinculado de forma excluyente al fundamentalismo islámico.

El terrorismo solamente puede ser clasificado como amenaza cuando se transforma en un instrumento de acción sistemática de un movimiento político o de un estado  y, como  tal, parte  de  una estrategia político-militar más general que debe ser enfrentada y no tanto a través del combate de cada uno de sus aspectos. (…) El fundamentalismo islámico, el terrorismo musulmán, irlandés o hinduista, simplemente no existen en América Latina o aparecen como fenómenos absolutamente  esporádicos, no presentando amenazas para las sociedades y los Estados de la región[166].

Pinheiro asocia el origen del fenómeno terrorista con comunidades religiosas, pero también étnicas, siempre que estén bajo distinta forma de opresión, dejando de lado, al parecer, otras motivaciones que no tengan esos dos pilares de sustentación. Admite el terrorismo de Estado y excluye a América Latina (entre otras regiones) del terrorismo fundamentalista islámico, y considera que aquel no es una amenaza para el hemisferio. Llama la atención el adverbio “solamente” al referirse al terrorismo como amenaza, dejando en el aire si puede haber terrorismo que no sea clasificado como tal y que pueda utilizarse para otros fines distintos a los que indica. Es de tener en cuenta, al igual que con otros autores, la fecha del trabajo (1995) y los cambios geopolíticos ocurridos  desde entonces.

Por su parte, ThéreseDelpech opina:

Sobre las ruinas de las ideologías políticas del siglo XX aparecieron movimientos radicales de orientación seudo religiosa, que no se conducen como los movimientos  terroristas de los años 70 (…) desde hace una decena de años este modelo evoluciona y adopta  formas más temibles para la policía y los servicios de información. Estructura en red “amorfa”, muy móviles, hacen su aparición en muchos países con una gran autonomía de decisión en el nivel local y poco contacto entre ellas[167].

Se establece una relación entre los movimientos terroristas (de los 70’s) y la religión, a la vez que promueve, aun sin llegar a definirlo, una especie de catalogación del terrorismo en función del momento en que aquel se da. Así, según la autora, antes de los 70’s se buscaba más la difusión mediática y, a partir de entonces, son los fines políticos los que justifican la mayor parte de las acciones.

Carrasco Jiménez[168] también estudia el fenómeno de la indefinición a través del análisis minucioso de diversas propuestas. Comienza por describir la incorporación del término al diccionario de la Real Academia Española y su evolución desde 1869, asi como a la Gran Larousse Universaldemica Española de la lenguaasiguiente forma:

al igual que con otros autores, la fecha del trí como a la Gran Larousse Universal y sucesivamente va incorporando a autores como Schmid, quien analizó más de cien definiciones de terrorismo, o Laqueur a quien atribuye la afirmación de que definir el terrorismo de “forma científica y exhaustiva”, ni es posible ni merece la pena intentarlo[169]. Otros autores también son revisados incluyendo quienes proponen definiciones muy abiertas en las que se pueden incluir no sólo actividades de corte terrorista “clásico”, sino aquellas otras catastrofistas (Cooper)[170]; Lund para quien el terrorismo sería el uso premeditado e intencionado de una fuerza letal contra personas indefensas, tal como secuestros, desapariciones, secuestros de aviones y tomas de rehenes, para alcanzar fines políticos por medio de la provocación generalizada de miedo y ansiedad”[171].  EbileNsefum lo califica como “actos contra la vida, integridad corporal, salud o libertad de las personas; de destrucción o interrupción de los servicios públicos o de destrucción o apropiación del patrimonio que, verificados sistemáticamente, tiendan a provocar una situación de terror que altere la seguridad o el orden público con fines políticos”; Wieviorka indica que el terrorismo es “un método de acción, utilizado por un actor político que, por debilidad o por cálculo, se mantiene dentro de un espacio público determinado, o busca penetrar en él a través del terror” y aunque destaca la “violencia”, se supone que es la forma de llegar a la situación de terror indicada; Friedlander lo define como: “el uso internacional de la violencia, o la amenaza de su uso contra terceros inocentes por motivos principalmente ideológicos, económicos, o psicológicos”; BoazGanor, como “el uso internacional de la violencia, o la amenaza de su uso, contra civiles u objetivos civiles a fin de lograr sus objetivos políticos”; Netanyahu como “ataque deliberado y sistemático de civiles o para inspirar miedo y conseguir objetivos políticos”; Alexander como“uso de la violencia contra objetivos civiles aleatorios para intimidar o crear un profundo miedo generalizado con el propósito de lograr unos objetivos políticos”[172].

En la mayor parte de estas definiciones se emplea algún término que limita sustancialmente el concepto. Por ejemplo, el hecho de que el uso de la violencia sea “contra objetivos civiles”, deja fuera instalaciones militares; el concepto “inocentes” empleado por Friedlander, implica un posicionamiento previo de dudosa aceptación jurídica y se justifica únicamente contra quienes puedan ser considerados “culpables”. 

Por su parte, García Valdés dice en relación con el terrorismo, que este es “aquella conducta delictiva que, mediantes actos de extrema violencia o grave intimidación, y con un fin subversivo, trata de destruir el sistema político democrático empleando, estos efectos, medios selectivos o catastróficos”, lo que da cabida a priori, al empleo de acciones terroristas en Estados que no sean “democráticos”, tal cual el autor contempla, justificando, en cierta medida, el terrorismo como lucha de “liberación nacional”, tal y como ya se ha visto que era visualizado por ciertos líderes u organizaciones. Para Bassiouni el terrorismo es:

“una estrategia ideológicamente motivada de violencia prohibida internacionalmente, destinada a infundir terror en un concreto segmento de una sociedad determinada, para conseguir un resultado político o hacer propaganda de una reivindicación o agravio, independientemente de que sus autores actúen por y para sí mismos o para un Estado”.

En esas consideraciones caben algunas observaciones:

a)      El hecho de asegurar que es una violencia internacionalmente prohibida, cuando precisamente la falta de una definición lleva a la conclusión contraria;

b)       Que vaya dirigida contra un segmento poblacional que, a fin de cuentas, es sobre el que se actúa, lo que implica necesariamente que hay una élite que tiene el poder real (¿o político?) y es la única capaz de nica capaz dedeberuso ps…s sinque hay una elite que tiene s.s presidenciales.  aporte difernte,ay) y cafo, deberuso ps…s sinmodificar la situación política que se pretende cambiar,  y

c)      Que el terrorismo de Estado queda implícito en la definición propuesta.

Continúa con el análisis y cita a Reinares y a Jaime Jiménez, quienes (en palabras de Carrasco), incluyen tres rasgos característicos del terrorismo:

a)      Deliberada provocación de un impacto psíquico (ansiedad, amedrentamiento) entre la población, notoriamente desproporcionado a los daños personales y materiales provocados;

b)      La violencia ha de usarse de forma sistemática, impredecible y contra objetivos de elevada relevancia simbólica en el seno del marco cultural e institucional vigente, y

c)      A través de los atentados contra esos blancos simbólicos se canalizan los mensajes y amenazas que convierten dicha violencia en un mecanismo de comunicación y control social.

Un esquema similar es igualmente recogido por Garrido, Stangeland y Redondo:

a)      El uso o amenaza de usar la violencia;

b)      Una motivación política, y

c)      La creación de una presión psicológica mediante el terror para lograr un determinado propósito.

Por su parte, Wardlaw define el terrorismo como “el uso -o la amenaza de uso- de la violencia por parte de un individuo o grupo, lo mismo si actúa a favor o en contra de la autoridad establecida, cuando esa acción pretende crear una angustia extremada y/o efectos inductores de miedo sobre un grupo seleccionado y mayor que el de las víctimas inmediatas, con el propósito de obligar a este grupo a que acceda a las demandas políticas de los perpetradores” ¿Es necesario incluir los conceptos “individuo o grupo”? Se pregunta Carrasco. Algo fácilmente compartible puesto que no parece necesario para la definición que se pretende, al igual que si la violencia procede del Estado o actúa contra él.

Para Wilkinson el terrorismo es “el uso sistemático del asesinato, la destrucción y la amenaza del asesinato y la destrucción, en orden a aterrorizar individuos, grupos, comunidades o gobiernos para que se concedan las demandas políticas de los terroristas”; como para Sorel, quien considera que el terrorismo internacional es “un acto ilícito (con independencia de su autor o su propósito) que crea una alteración del orden público definido por la comunidad internacional, por medio del uso de la violencia grave e indiscriminada (en cualquier forma, ya sea contra personas o contra la propiedad pública o privada) a fin de producir una atmósfera de terror con el objetivo de influir en la acción política”. La inclusión de la afirmación “definida por la comunidad internacional” viene a sustentar la tesis de la falta de una definición consensuada y la necesidad de que sea la comunidad internacional quien la apruebe. En los dos casos anteriormente analizados, se incluye la acción o la amenaza de actuar, y se amplía sustancialmente el espectro delictivo que se describe. Bueno Arús, lo define como una “actividad violenta empleada con una finalidad política o social para causar terror a una población o a sectores determinados de la misma”, aunque es cuestionable y puede ser demasiado ambiguo el concepto “finalidad” (política) que se incluye en la definición.

Por otro lado, Thornton señala que el terrorismo es un “acto simbólico orientado a influir en la conducta política por medios anormales y que implican la práctica de la amenaza o la violencia”; Lamarca Pérez lo define como “la violencia organizada con finalidad política”; Seijas Candelas afirma que el terrorismo “aparece cuando un grupo, tenga el poder gubernamental o esté fuera del gobierno, decide alcanzar un conjunto de objetivos ideológicos por métodos que no sólo violan el derecho nacional o internacional, sino que además se espera que tengan éxito principalmente mediante la amenaza o el uso de la violencia”; García Calvo apunta que es “una actividad planificada que, individualmente o con la cobertura de una organización, con reiteración o aisladamente, y a través de la utilización de medios o la realización de actos destinados a crear una situación de grave inseguridad, temor social o de alteración de la paz pública, tiene por finalidad subvertir total o parcialmente el orden político constituido”; Borja Jiménez dice que es “aquella actividad propia de una estructura organizada que utiliza la violencia como forma de estabilización de un sistema político mediante la grave alteración del orden público para alcanzar unos específicos objetivos ideológicos”.

Para Herrero, el terrorismo es un “fenómeno social patológico, caracterizado por el uso extremo de la violencia, como medio intimidante coactivo para las víctimas directas y el contexto socio-político que las envuelve, con el fin de alcanzar objetivos de carácter revolucionario, pararrevolucionario o, simplemente, reaccionario o represivo”; Hoffman por su parte, lo califica como “la creación deliberada y la explotación del miedo mediante la violencia o la amenaza de la violencia cuyo objetivo es el cambio político”; Jenkins dice que es “la amenaza de la violencia, actos individuales o una campaña de violencia diseñada principalmente para infundir miedo”; y Calduch Cervera lo encuadra dentro de “una estrategia de relación política basada en el uso de la violencia y de las amenazas de la violencia por un grupo organizado, con objetivo de inducir un sentimiento de terror o inseguridad extrema en una colectividad humana no beligerante y facilitar así el logro de sus demandas”[173].

Como puede verse, las definiciones anteriores que aluden al concepto de terrorismo son diversas, variadas y enfocadas desde muy distintas perspectivas[174]. No es posible, seguramente, llegar a un consenso en vista de la pluralidad de visiones encontradas y sin tener en cuenta que hay otras muchas que no han sido incluidas, más bien una gama pequeña que refleja diferentes puntos de vista en el ámbito académico. Finalmente, el propio profesor Carrasco Jiménez se “queda” con una definición  que estima “digna de ser seguida y perfeccionada” y que fue construida por el Grupo de Estudios de Política Criminal. Dice así: “…, el acto terrorista constituye una negación de los derechos fundamentales a través de la utilización de la violencia como medio de terror por parte de estructuras organizadas con fines políticos”[175].

Las razones que esgrime el autor son varias, entre las que destacan las siguientes: lo acertado de la misma, por no emplear redundancias, recoger todos los elementos que podrían enmarcar el terrorismo (violencia, terror, organización y fin político) y la validez en cualquier ámbito (nacional o internacional). No obstante, no rechaza necesariamente las otras definiciones que aporta y analiza en su estudio y, muy acertadamente a nuestro criterio, comenta: “…, cada propuesta, a su modo, capta algún aspecto específico del terrorismo y contribuye a esclarecer y facilitar esta ardua tarea conceptual, aunque ‘sólo’ sea ayudándonos a no caer en los mismos errores en que cayeron otros anteriormente”[176].

Al margen del análisis anterior, se pueden agregar otros aportes académicos sobre el asunto, y parece oportuno recoger lo que Casas afirma en nota aclaratoria, de uno de sus trabajos:

Es altamente didáctico seguir a Münkler cuando afirma: “cabe definir el terrorismo como una forma de utilización de la violencia que se propone esencialmente conseguir resultados a través del efecto indirecto (…), no busca por tanto las consecuencias físicas inmediatas del uso de la violencia, sino sus consecuencias psicológicas [utilizando únicamente] un mínimo de fuerzas físicas, directamente contra las potencias morales del oponente y su voluntad (…) se quiere comunicar (…)  a todos cuantos viven en el mundo occidental que para ellos no habrá ya ninguna seguridad jamás, en ningún sitio”[177].

García Ramírez presenta la siguiente definición de terrorismo obtenida del primer artículo del proyectado Convenio de Europa, y que en 1937[178] se concibió de la siguiente forma: “hechos criminales dirigidos contra un Estado y cuyo fin o naturaleza sea provocar el terror en personalidades determinadas, grupos de personas o entre el público”, que lo limitaba y reducía a ciertos acontecimientos que se consideraban en la época, aunque en todo caso la convención nunca entró en vigor:

…, «el concepto de terrorismo ha sido sumamente difuso y ampliamente discutido, al punto de que ni siquiera se logró un consenso en el Estatuto de Roma, donde no fue posible lograr una definición, pese a la unánime condena. Tampoco en el sistema regional americano la Convención Interamericana contra el terrorismo…logró un consenso sobre su tipificación ni sobre su consideración como crimen de lesa humanidad». La dificultad apuntada es de antigua data pues como se dijo «el terrorismo se había perfilado como delito internacional antes de la Segunda Guerra Mundial, al punto de formularse el proyecto de Convención para la Prevención y Represión del Terrorismo abierta a la firma en Ginebra el 16 de noviembre de 1937 bajo los auspicios de la Sociedad de Naciones», aunque esa convención nunca entró en vigor[179].

El compendio y análisis de definiciones citado, producto del estudio de diversos autores y otras tantas organizaciones,  pretende establecer una sólida base sobre la reflexión actual en torno a la búsqueda de una definición internacionalmente aceptada de terrorismo. Se ha podido observar cómo, para algunos autores, no siempre sirven los objetivos que pretenden lograr ni las razones a las cuales apelan los terroristas para la justificación de los actos. Quienes ejercen el terror, consideran como no podría ser de otra forma, que los objetivos son nobles y las víctimas siempre justificadas.  El terror es el miedo, la angustia por la vida propia:

El objetivo del terrorismo no es sembrar el terror, ni asesinar por asesinar. Sembrar el terror es el medio que utilizan para lograr unos objetivos. Que existan estos objetivos, no significa que el método utilizado para alcanzarlos (el terror) sea válido. Pero negar la existencia de estos objetivos, es negar las causas del terrorismo, y por lo tanto imposibilita prevenir los futuros actos de terrorismo[180].

Como se puede ver, se han dado múltiples esfuerzos y elaborado diferentes acepciones del término que permiten realizar estudios estadísticos de aspectos comunes que incluyen la mayoría de ellas:

“Un análisis de 109 conceptos emitidos sobre el terrorismo, efectuado por Alex Schmidt y Albert Jongman, concluyó que el 83% de los enunciados contiene la palabra “violencia”, mientras que el 65% refiere el vocablo ‘política’. Aspectos tales como el efecto psicológico de las acciones, así como las amenazas, figuran en menos de la mitad de tales enunciados”[181].

Muchos Estados de la Unión Europea (UE) han tenido debates internos en relación con la necesidad de contar con una definición. Prominentes juristas llegaron  a afirmar en foros y otros medios que “primero hay que definir terrorismo en el ámbito de la comunidad internacional y, en segundo lugar, qué es terrorismo”[182], aunque no por eso algunos países dejaron de adoptar “su” propia definición y la incluyeron en sus respetivos códigos penales:

Pese a las imprecisiones en el orden internacional, algunos países han adoptado una definición de terrorismo en el orden interno, por ejemplo España, Francia, Reino Unido y Portugal y, como consecuencia de los atentados que sufrió el 11 de septiembre de 2001, Estados Unidos de Norteamérica sancionó la Patriot ACT en octubre de ese año. La norma ha desatado innumerables debates acerca de las restricciones ilegítimas a los derechos personales que la defensa contra el terrorismo podría originar[183].

En el caso latinoamericano concretamente, la ausencia de una definición es una laguna patente y un tema pendiente al igual que la elaboración y aprobación de una lista de personas y organizaciones consideradas terroristas. Hasta el momento, el legislador ha evitado definir regionalmente el concepto terrorismo, por lo que determinadas acciones pueden ser diferentemente entendidas según el país, el momento político, el oportunismo, el interés o cualquier otra variable. Ese marco difuso ha servido para presentar o justificar diversas actitudes pasadas y presentes aunque cargadas siempre de oportunismo político. A modo de ejemplo baste citar parte de las declaraciones del viceministro de relaciones exteriores de Venezuela, Jorge Varelo[184], quien declaró: “…, su ‘apoyo’ a la teoría iraní de que Estados Unidos arma a los terroristas internacionales y les proporciona fuentes financieras para luego justificar sus acciones”[185].

Este importante vacío, por sí mismo, puede hacer inoperativos ciertos marcos legales, tratados y convenios suscritos, alguno de los cuales serán abordados más adelante en este trabajo. Powell & Reinares, en relación con la falta de marco conceptual, dicen lo siguiente: “Una de las dificultades que ha planteado tradicionalmente la lucha transnacional contra el terrorismo ha sido la ausencia de una definición comúnmente aceptada de dicho fenómeno”[186].[187] A lo que Gelli agrega, amplía  el razonamiento y concluye lo siguiente:

En consecuencia, se advierte que aunque todos o la mayoría de los delitos de terrorismo se consideren delitos graves no políticos y, por ende, extraditables, no existe un consenso generalizado en las comunidades nacionales y en la comunidad internacional acerca de la inclusión del terrorismo dentro de los delitos de lesa humanidad, estos, imprescriptibles por definición[188].

Villamía Ugarte (2005), por su parte,  extiende la advertencia en relación con otros aspectos de las relaciones internacionales (cooperación interestatal):

Se trata de un fenómeno mundial que requiere respuestas en muchos campos, no sólo en el policial y el militar; que estas respuestas deben ser multilaterales, ya que ningún Estado es capaz de resolver el problema por sí mismo, y que, como consecuencia, la cooperación y, muy concretamente, el papel de las organizaciones internacionales en esta lucha adquiere una importancia trascendental[189].

Otros autores no solamente buscan definirlo sino que estudian las causas y sus orígenes, aunque es un tema que no se abordará en este trabajo.

Sin embargo, no todos los autores comparten la manifiesta afirmación de que es preciso contar con una definición de terrorismo. Ibáñez Ferrándiz indica que “es lugar común para muchos juristas, en especial positivistas, el enfatizar la inexistencia de una definición de terrorismo generalmente aceptada como punto de partida ante cualquier análisis de la problemática de este delito en el ámbito internacional”[190]. Justifica tal afirmación e indica que hay un marco suficiente de acuerdos internacionales (convenios, tratados, etc.) para juzgar casos de terrorismo. A la polémica contribuyen Bermejo García y López-Jacoiste Díez quienes, sin dejar de lado lo afirmado por Ibáñez, matizan al respecto:

Para el Derecho Internacional, el terrorismo no es un fenómeno nuevo, prueba de ello es que existen hace mucho tiempo una serie de convenios en materia de cooperación antiterrorista. Sin embargo, nunca se pudo establecer una definición en el ámbito general del terrorismo, cuestión que para algunos socavaba la eficacia de esa cooperación y, por tanto, de lo que luego se ha venido denominando como lucha o guerra antiterrorista. No obstante, la cuestión de la definición no es compartida por todos, ya que se señala que si se define el terrorismo se estaría dando las pistas para que se cometieran actos que cayeran al margen de la definición dada, lo que presentaría quizás más problemas que los que se quiere resolver[191].

Interesante planteamiento que pudiera enfrentar, de algún modo, el principio general Nullapoena sine lege puesto que, en este caso, la falta de concreción de la definición no haría viable la conceptualización del delito, tal y como se recoge en algunos informes:

Another principle, which is particularly significant in the absence of a universal definition of terrorism, is that of legality (nullumcrimen sine poene), which requires that anti-terrorism legislation be clear, unambiguous, not overly broad or retrospective, something which has often not been the case[192].

Relacionado con lo anterior parece oportuno indicar primero, que los acuerdos suscritos en esta materia (18 en total)[193], tipifican hasta 50 actos que pueden considerarse terroristas y que el ciber-terrorismo y los delitos terroristas cometidos individualmente, no están incluidos, lo que deja una laguna en esta área; segundo, no todos los países son signatarios de los acuerdos y tratados indicados, por lo que no es de necesaria u obligatoria aplicación en todo el hemisferio y, tercero, que la interpretación, tomando en cuenta de que cada acuerdo tiene un fin concreto (el enunciado principal lo indica), puede entenderse como marco jurídico específico para ese fin puntual y en modo alguno hacerlo extensivo a otras situaciones por muy similares que se quisieran presentar. En última instancia es lo que Villamía Ugarte señala: “… la acción jurídica para la aplicación de estas medidas está en manos de los Estados en virtud de su propia soberanía”. Es decir, no se garantiza, como se ha dicho, que diferentes Estados consideren por unanimidad un determinado acto como terrorista, salvo que cada uno lo haga independiente y concurrentemente, lo que hace que sea necesario tener en cuenta el grado particular de apreciación (por aquellos) de cada caso, dentro de los acuerdos citados[194].

Los anteriores argumentos y aquellos otros del profesor Ibáñez, son unidos y conjuntamente evaluados en la siguiente reflexión del profesor Carrasco[195]:

Los problemas de las legislaciones objetivistas son los mismos que tienen los tratados internacionales universales con sus listas de actos de terrorismo, a saber, que no queden reflejadas todas las modalidades comisivas de atentados terroristas, y/o que puedan quedar incluidas en su descripción, acciones ajenas cualitativamente al terrorismo, sobre todo las de organizaciones delictivas comunes o los asesinos en serie.

Y si el debate no fuese suficientemente complejo con lo hasta ahora indicado, Ibáñez F. se hace la siguiente pregunta que agrega otros aspectos que no han sido debatidos: “¿Son reconciliables los principios de soberanía y autodeterminación del derecho internacional con una definición general de terrorismo?”[196].

Ciertas condiciones parecen necesarias o previas al abordaje de la discusión sobre una definición consensuada de terrorismo, aunque se esté lejos de lograrla. Como aporte a lo  que se ha venido exponiendo hasta el momento en relación con la complejidad que representa una política común internacional, Owada indica:

En este sentido, la armonización del régimen jurídico nacional con los convenios internacionales que castigan el terrorismo, es tanto más importante si se tiene en cuenta que los actos terroristas no son siempre calificados  como crímenes internacionales sujetos a la jurisdicción penal internacional en la actual legislación penal internacional. Por ejemplo, el terrorismo no está incluido dentro de las  competencias del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (ICC) ni de las del Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (ICTY). En cambio, el Estatuto  del Tribunal Penal Internacional para Ruanda (ICTR) contempla la toma de rehenes y la participación en actos de terrorismo como violaciones del Segundo Protocolo Adicional a las Convenciones de Ginebra y las hace susceptibles de castigo por parte del Tribunal, al  igual que  la Corte Especial para Sierra Leona que también incluye una prohibición específica del terrorismo en los conflictos armados[197].

El profesor Owada concluye:

Para sortear esta dificultad, la comunidad internacional ha adoptado un enfoque “poco  sistemático”, concentrándose en identificar conductas criminales específicas a impedir y a castigar y en objetivos concretos a proteger. No obstante, es esencial, incluso con este  enfoque poco sistemático, que haya un entendimiento común compartido sobre algunos  elementos constitutivos básicos del terrorismo como crimen internacional. Para que constituya un acto de terrorismo, debe ser un acto violento que destruya la vida humana y  por lo tanto que obre en contravención del sistema judicial del Estado en el que  se ha  cometido; esté dirigido  a destruir el orden público de la  sociedad, en la mayoría de los  casos ocasionando víctimas entre personas, públicas o privadas; y debe ser un acto llevado a  cabo con la intención de sembrar un estado de terror (intimidando o coaccionando a la población civil) o de influir en la política de un gobierno u organización  a través de la intimidación o la coacción, lo que incluye la destrucción masiva, el  asesinato o el secuestro. Además, las convenciones internacionales que abordan el “terrorismo  internacional” circunscriben su aplicación al terrorismo con un elemento transfronterizo e internacional[198].

En torno a la polémica planteada, hay que reconocer, no obstante, que ha existido un cierto esfuerzo regional por abordar la temática con resultados diferentes y sobre todo con ausencia de un consenso al respecto. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al comentar este aspecto, contempla que “debe reconocerse en primer lugar, que el lenguaje del terrorismo se utiliza en una variedad de contextos y con distintos grados de formalidad”[199]. Así, cuando aborda las causas o hechos, manifiesta lo siguiente:

Es particularmente en este sentido que se ha planteado la falta de acuerdo en torno a una definición integral del terrorismo, debido a que ciertos Estados han considerado que lo que con frecuencia se denominan “movimientos de liberación nacional” y sus metodologías, deben ser excluidos de toda definición de terrorismo en razón de su asociación con el principio de libre determinación de los pueblos”[200].

Y, en un comentario a pie de página sobre la anterior afirmación, aclara mucho más la controversia y consecuente dificultad que se quiere exponer en el particular caso latinoamericano:

Véase, por ejemplo, el Informe del Comité ad hoccreado por Resolución de la Asamblea General 51/210 del 17 de diciembre de 1996, Quinto Periodo de Sesiones (12-23 de Febrero de 2001), ONU Doc. A/56/37, Anexo V, párr. 10 (donde se indica que en el intercambio general de opiniones sobre la inclusión de una definición de terrorismo en una convención amplia de la ONU sobre terrorismo internacional, “algunas delegaciones subrayaron que la definición de terrorismo debe establecer una clara diferencia entre elterrorismo y la lucha legítima en ejercicio del derecho de libre determinación e independencia de todos los pueblos bajo ocupación extranjera[201] (Traducción por la Comisión). [Subrayado propio].

Sin embargo, más adelante, la propia CIDH, en una especie de búsqueda de equilibrio -o de solución salomónica- ante la falta de definición indicada y la discusión promovida y sustentada por diversos países en torno a la dificultad de buscar un consenso, agrega:

Al mismo tiempo, el hecho de que el terrorismo no posea, per se, un significado concreto dentro del derecho internacional, no significa que constituya una forma de violencia indescriptible o que los Estados no estén sometidos a restricciones, en el marco del derecho internacional, en la configuración de sus respuestas a esa violencia. Al contrario, es posible enumerar varias características frecuentes asociadas con los incidentes terroristas que ofrecen parámetros suficientes para que los Estados definan y evalúen sus obligaciones internacionales a la hora de responder a esa violencia[202].

La CIDH deja en manos de los Estados la adopción de las medidas que consideren oportunas, exhortándoles a no excusarse antes hechos que “constituyen” delito de terrorismo y entendiéndose que estos deben ser calificados en función de ciertas características. Por tanto, la falta de una definición precisa y concreta en el ámbito internacional sobre el fenómeno del terrorismo ha permitido (y continúa haciéndolo), en cierta forma, determinadas interpretaciones y análisis sobre situaciones y hechos que han sucedido o se producen con cierta frecuencia en el mundo[203]. El terrorismo nacional, entendido como aquel que se circunscribe al interior de las fronteras físicas de un Estado, evolucionó al transnacional[204], cuando comandos o equipos logísticos se sitúan en el vecino país y desde allí pueden actuar contra los intereses del Estado vecino. El siguiente paso fue la internalización. Con ella, los grupos terroristas pasaron a tener bases, delegaciones o células en territorios de distintos Estados, aunque el fin seguía siendo único o concurrente:

Terrorismo internacional es, en primer lugar, el que se practica con la deliberada intención de afectar la estructura y distribución del poder en regiones enteras del planeta o incluso a escala misma de la sociedad mundial. En segundo término, es aquel cuyos actores individuales y colectivos hayan extendido sus actividades por un significativo número de países o áreas geopolíticas, en consonancia con el alcance de los propósitos declarados[205].

La dimensión internacional primero, y global después de dicho fenómeno, generó interpretaciones igualmente difusas o equivocadas sobre el alcance y la trascendencia de ciertos acontecimientos. En algunas ocasiones, no se supo explicar el atentado y, consecuentemente, dimensionar el alcance del mismo, lo que hubiese contribuido a detectar y analizar con más claridad el riesgo o la amenaza, facilitando su inclusión en planes nacionales o regionales dentro de la correspondiente agenda de seguridad y defensa, o políticas públicas similares que cada Estado o región puedan generar, especialmente en materia judicial y de prevención.

Por otra parte, “que el terrorismo internacional adopte en nuestros días una orientación islamista es un rasgo propio de la que se conoce como cuarta ola del terrorismo”[206]. En la misma línea, el terrorismo global[207] está asociado al islamismo radical o extremista y está relacionado directa o indirectamente con Al Qaeda[208]. De forma sintetizada se puede resumir, tal y como lo hacen  De la Corte Ibáñez & Jordán, en referencia a tres objetivos estratégicos diferentes que persigue:

a)la intervención en cualquier conflicto en el que los musulmanes sean objeto de agresión;

b)la deposición de los gobiernos apóstatas establecidos en países musulmanes; y

c)la derrota del Estado judío y de los gobiernos occidentales, sobre todo el de Estados Unidos[209].

Relacionado con lo anterior y precisando el espacio que el terrorismo islámico radical ocupa, Gutiérrez López agrega:

El islamismo radical ha sucedido al marxismo como ideología global insurgente por lo que se ha reforzado el papel de la religión en aspectos como la motivación al suicidio con fines martiriológicos o las prédicas del clero musulmán sentando las bases de la guerra, interiorizada por los fieles como guerra santa[210].

Y Chaya concluye:

La realidad es simple: más allá de Al Qaeda y todas las organizaciones similares, “el islamismo militante radical es una ideología global llamada yihadismo” y ella no guarda relación con la naturaleza del islam o con los millones de creyentes musulmanes[211].

En el particular caso latinoamericano y sin hacer referencia precisa al terrorismo yihadista, Caamaño matiza:

Con respecto al terrorismo, aunque no está generalizado en la región y no puede ser considerado una amenaza común a la totalidad del territorio, hay zonas en donde su incidencia es palpable y, lo que es peor, con unas potencialidades de actuación que no se deben subestimar. En Colombia, la presencia de grupos guerrilleros-terroristas, además de ser el principal problema interno en el país, tiene unas vinculaciones transnacionales con los países fronterizos que pueden servir de detonante… [212]

Se consolida un creciente interés (y preocupación) por el radicalismo islámico manifestado en forma de acciones terroristas en diversos lugares del planeta, todas ellas con ese sello especial del terrorismo global. Es importante recordar que “la mayor parte de los atentados terroristas producidos durante los años noventa fueron perpetrados por personas y grupos pertenecientes a una ‘civilización diferente’ a la de sus víctimas”[213]. Las declaraciones (enero 2009) de Osama Bin Laden y Ayman al Zawhiri en relación con el conflicto Israel-Gaza y el llamado a la actuación de los palestinos y especialmente de los jóvenes, así como la condena a ciertos líderes árabes (Egipto, Arabia Saudí, Yemen y Argelia) constata esta red internacional, dispersa pero operativa y con determinados y claros objetivos, algo muy alejado de la idea de desaparición o inoperancia de Al Qaeda que algunos pudieran proponer. Los pasados atentados de febrero 2009 en Venezuela contra intereses judíos pueden ser el eslabón que confirme el enlace con América Latina, donde los Estados no cuentan con una base jurídica común en materia de terrorismo y parece que la actual situación geopolítica imposibilita aún más las cosas.

La internacionalización del terrorismo ya no se puede tratar adecuadamente con respuestas  meramente nacionales basadas en la definición tradicional de terrorismo  como un delito dentro del ámbito del sistema jurídico penal de un Estado-nación; el  terrorismo global requiere respuestas globales basadas en la consideración del  orden  público  internacional  de la comunidad internacional con su imperativo irrenunciable del  respeto a  los derechos humanos fundamentales de  los individuos  como parte de la justicia universal de esta comunidad. Si aceptamos que el Estado de Derecho en el plano internacional se basa en la inviolabilidad  de la dignidad humana, el terrorismo  internacional que constituye un gravísimo y violento desafío a este valor fundamental del  Estado de Derecho se combate mejor recurriendo a esos medios que puedan preservar y  fortalecer el Estado de Derecho, que con los que puedan acabar debilitándolo al negar  este valor esencial[214].

Se siente la necesidad de conformar una política exterior, regional más que nacional,  con lineamientos comunes en esta materia, teniendo en cuenta la particularidad y complejidad del actual escenario internacional donde esos conceptos se manejen y compartan, en la mayoría de las regiones, en un mismo plano de comprensión. Ello representa, sin duda, una tarea muy compleja por no existir previamente una comunidad de doctrina mínima en lo referente al marco conceptual. Pensar que el terrorismo nacional o transnacional tiene características similares al internacional o global, puede representar no sólo una falta de concreción etimológica, sino una distracción a la hora de elaborar cualquier estrategia de seguridad compartida que permita enfrentar esas amenazas ¿Cómo generar una estrategia conjunta cuando los acontecimientos no son igualmente percibidos? Es por ello que se siente la necesidad de converger en lo referente a los marcos conceptuales (terrorismo nacional, transnacional, internacional y global)[215], pero sobre todo, a emplearlos, entenderlos e interpretarlos de forma similar en los distintos foros y reuniones internacionales de manera que se conforme ese espacio intelectual único que permita abordar con eficacia la lucha antiterrorista.

Pero, no solamente es necesaria una comunidad de doctrina en cuanto a terminología se refiere. Es imprescindible, de igual forma, comprender el fenómeno y contar con la capacidad de análisis e interpretación de lo que está ocurriendo, para poder evaluar la dimensión de la amenaza y generar la estrategia correspondiente. Tras el 11 de septiembre de 2001 y las consiguientes actuaciones de Estados Unidos y sus aliados, tanto en Afganistán como en Irak, pareciera que con el paso del tiempo las alarmas nacionales en torno a posibles actuaciones terroristas han disminuido. La dispersión de las distintas células de Al Qaeda no puede, ni debe interpretarse como una desaparición de las mismas[216]. Hay quien, sin embargo, estima que Al Qaeda ha perdido su capacidad debido a la eficaz actuación norteamericana: “Como poco, las fuerzas estadounidenses han logrado que la jerarquía de Al Qaeda quede rezagada durante varios años. Como mucho, tal vez hayan acabado para siempre con la capacidad operativa de Al Qaeda de operar como una empresa ‘centralizada’”[217]. Por el contrario, la atomización ha llegado a representar un grado mayor de peligro y una mayor amenaza, al pasar de una estructura piramidal a otra horizontal y descentralizada. Ahora existe una cantidad enorme de células que pueden operar de forma independiente, no controlada y autónoma, lo que las hace mucho más imprevisibles porque la lógica de actuación de todas ellas no necesariamente lleva un lineamiento superior y uniforme, sino que están únicamente sujetas a la generalidad de los postulados yihadistas pero con un añadido emocional, oportunista o de liderazgo del jefe o entorno de cada una[218]. Estas nuevas redes semi-autónomas representan un trabajo extra para los servicios de inteligencia y de seguridad, no sólo por la estanqueidad de las mismas, sino por la dificultad de establecer perfiles o parámetros de comportamiento estandarizado que permita establecer patrones de conducta y poder desarticularlas. En opinión del profesor Reinares, “Al Qaeda se encuentra hoy más extendida en el mundo de lo que esta hace 12 meses y tanto o más implicada en actividades de terrorismo”, y agrega más adelante: “No es posible elucidar con el suficiente grado de certidumbre si durante ese periodo de tiempo se ha reducido, mantenido o incrementado la amenaza terrorista que Al Qaeda supone para las democracias de Norteamérica, Europa occidental y Oceanía”[219].

La situación indicada requiere, además, un análisis a la luz de las nuevas tecnologías, especialmente en lo referente a las redes sociales en la web[220], lo que posibilitaría la activación, el enlace y la comunicación rápida y eficiente[221]: “Otra posible forma de trabajar con fuentes abiertas se basa en el seguimiento y la traducción de sitios web y foros radicales”[222].

La infraestructura yihadista en la red se ha implantado acorde con las características de la misma organización, que implican flexibilidad para una adaptación rápida según las circunstancias y necesidades de los grupos. Pero habría que valorar el peso de otros medios informales de comunicación en la estructura de la misma organización. Estas células mantienen unos vínculos de familiaridad y cercanía a los que les vienen muy bien las nuevas redes sociales, foros y posibilidad de descargas de archivos, pero no son los únicos. Por tanto, la lucha terrorista pasa por desmontar a través de denuncias, contenidos de propaganda terrorista, portales, foros o publicaciones de archivos. El terrorismo busca notoriedad rápida de sus actividades y objetivos, y legitimar con la espectacularidad de sus acciones, su fuerza y potencial para intimidar y quebrar la estabilidad política y hasta económica[223].

El surgimiento de nuevas tecnologías, como indica Sánchez Medero, facilita las relaciones de las diferentes células terroristas y crea una nueva forma de relación que no requiere de la presencia física. Algunas citas de la autora presentan, sin entrar en detalle, la amplitud del uso de las redes para aquellos delectivos propósitos:

Puesto que también se ha definido el terrorismo como una forma de guerra psicológica, no cabe duda de que  los grupos terroristas también han tratado de librar semejante guerra a través de Internet. Existen incontables ejemplos sobre cómo se sirven de este medio sin censura para propagar informaciones equívocas, amenzar o divulgar las imágenes de sus atentados .

Esta interconexión vía correo electrónico se hace mediante la esteganografía, método que permite ocultar un fichero de audio, texto, gráfico o vídeo en archivos digitales y convencionales para desafiar a través del camuflaje, la monitorización de los servicios de información occidentales[224].

El profesor Torres Soriano aporta también lo que sigue:

El terrorismo yihadista lleva a cabo un amplio uso del Internet como herramienta de comunicación segura, coordinación operacilna., obtención de inteligencia, ciber-sabotaje, aprendizaje, etc. En este análisis nos centraremos en los desarrollos más recientes relativos a su faceta propagnadística, la cual constituye su principal y más importante actividad en internet [225].

Con el ánimo de buscar un punto común de encuentro, los elementos esenciales de la definición de terrorismo se pueden encontrar en la Convención internacional para la represión de la financiación del terrorismo de 1999, en diversas resoluciones de la Asamblea General, en la resolución 1566 de 2004 del Consejo de Seguridad de ONU y en los Convenios sobre Terrorismo de la Liga Árabe, de la Organización para la Unión Africana y de la Organización para la Cooperación Islámica:

El profesor Antonio Cassese enuncia los tres elementos de la definición sobre los que existe acuerdo generalizado: (1) se trata de actos criminales que normalmente constituyen delitos en las legislaciones penales nacionales; (2) son cometidos con la intención de provocar un estado de terror en la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto; (3) se comenten con una motivación política o ideológica, esto es, no basada en la consecución de objetivos privados[226].

Pero, no solamente se puede visualizar el fenómeno terrorista desde la perspectiva del autor (cualquiera que sea), ni desde aquella otra de las organizaciones (nacionales o internacionales) que lo confrontan. Hay que hacerlo también desde el ángulo de las víctimas, quienes a fin de cuentas son las más afectadas o las que sufren consecuencias directas de  aquellas acciones. En este sentido “la dificultad de abordar los derechos de las víctimas del terrorismo se ha justificado en el ámbito de las Naciones Unidas con argumentos escasamente contestados en la práctica y que se resumen en tres: (1) la supuesta ausencia de definición de terrorismo…”[227]. De nuevo surge el problema de la falta de una precisa definición del término tal y como otros autores han sostenido al respecto. Y más adelante, la misma autora ahonda en la anterior observación de una forma más contundente y concreta, y determina con precisión las causas (o ciertas causas) que pueden ser el origen de la falta de acuerdo que se viene explicitando:

Lo que hace recurrentemente imposible que en el marco de la Sexta Asamblea de la ONU se consensue esta definición, es la defensa por determinados Estados de una lógica perversa que resume el artículo dos de la Organización para la Cooperación Islámica sobre la lucha contra el terrorismo internacional de 1999. ……, el artículo dos es demoledor: “La lucha de los pueblos, incluida la lucha armada contra el invasor extranjero, la agresión, el colonialismo y la hegemonía, que persigue la liberación y la autodeterminación de acuerdo con los principios del derecho internacional no se considerará un crimen terrorista”[228].

Antes de concluir, parece conveniente incluir en este inacabado debate, el aporte de alguien que ha realizado una profunda investigación sobre el tema, como es el profesor Carrasco Jiménez, quien considera que cualquier definición de terrorismo debe reunir cuatro características: generalidad, globalidad, precisión y sencillez. Como contribución personal propone la siguiente: “…, acción violenta ejecutada por personas al servicio de una organización, con la intención de infundir miedo a un sector de la sociedad, y utilizar este miedo para tratar de alcanzar un fin político”[229].

Sin negar los esfuerzos realizados por la comunidad internacional en torno a buscar una definición consensuada (o aproximada) sobre el concepto de terrorismo, es evidente que no se ha avanzado lo suficiente para entenderlo de idéntica forma. Diversos intereses o específicos momentos históricos o políticos hacen que no se vislumbre un horizonte, siquiera a mediano plazo, que permita abordar el tema desde una óptica común o concurrente. Además de ser fundamental para poder definir el problema y consecuentemente actuar sobre él, es necesario para evitar que mediante justificaciones banales o determinados subterfugios algunos Estados puedan acoger, promover, apoyar o financiar actuaciones que pudieran encajar dentro del delito de terrorismo si éste contase con esa definición precisa y comúnmente aceptada.  Al respecto las últimas líneas de uno de los trabajos del profesor Carrasoco: “… para esto es necesario primero consensuar una definición de terrorismo y los correspondientes estándares, ¿podrán los especialistas ponerse de acuerdo para lograr este significativo avance en la compresnion del terrorismo?[230].

Con la realidad de este vacío y las consecuentes implicaciones e incertidumbres, abordamos el resto del estudio, donde se reflexionará sobre algunos de los aspectos indicados, con la intención de evidenciarlos y entrelazarlos para delimitar con mayor claridad, la amenaza que venimos de indicar, su estado, extensión y situación, de forma que se establezca la plataforma teórica suficiente que permita desarrollar otros apartados.

4. En torno al marco geopolítico

La mayoría de los analistas políticos coinciden en destacar cómo desde la llegada al poder del presidente Hugo Chávez en Venezuela, la situación geopolítica regional e incluso internacional, ha experimentado un importante cambio que suscita diversas reacciones, tanto desde la perspectiva de las relaciones internacionales y del derecho internacional, como desde la visión de la seguridad hemisférica.

La asociación con Rusia e Irán y la atracción de diversos países de la región a una nueva esfera de influencia ideológica, también han sido objeto de reflexión profunda y de diversos análisis:

En la última década, tres países, Rusia, China e Irán, han comenzado a profundizar sus relaciones con los países de América Latina. Suele señalarse que a pesar de sus diferencias, los tres comparten la voluntad de fortalecer sus vínculos con una región históricamente considerada como de injerencia exclusiva de los Estados Unidos[231].

Los esfuerzos por incidir en el ámbito cultural latinoamericano han sido de tal calado que incluso a partir de febrero de 2012 comenzó a funcionar un canal de televisión en castellano: HispanTV, cuyo contenido no deja de incluir un elevadísimo porcentaje de programas que difunden la cultura, la idiosincrasia, la religión y determinadas posiciones políticas que algunos analistas consideran muy cercanas a extremismos islámicos y otros[232].

Hay quienes opinan que tanto Venezuela como Irán requieren de apoyo internacional para enfrentar el aislamiento a que se están viendo sometidas[233] y para ello, han generado una red de países que por medio de ofertas de contratos o negocios relacionados con el petróleo, se avienen a mantener y promover unas relaciones internacionales más estrechas. Es decir, se han utilizado los tratados[234], convenios y, en general, las alianzas internacionales, como una forma de superar condenas y aislamientos, y así promover un espacio de “legitimización” internacional difícil de alcanzar por otros medios. Se podría decir que estas relaciones de conveniencia no tendrán más futuro que el horizonte que las hizo posible y que hay una serie de aspectos como el idioma, la idiosincrasia, los objetivos, las costumbres, la distancia, etc., que evidencian esa artificialidad y presuponen una duración corta o, al menos, hasta que los intereses comunes dejen de existir o cambien. Esto es una fuerte retórica y un conjunto de actuaciones políticas con alto grado de difusión y apariencia, pero en el fondo, pocas actuaciones concretas: “Hasta ahora las relaciones irano-latinoamericanas han sido grandes proyectos y pequeñas concreciones”[235].

Pareciera que también hay una especie de acuerdo entre investigadores en el sentido de que no son precisamente las relaciones comerciales las que promueven o sustentan esta red de actividades que acaba de plantearse[236]. Irán no aparece entre los primeros socios comerciales venezolanos. En relación con las exportaciones, el primer lugar lo ocupa Estados Unidos, que además representa el mayor porcentaje durante 2009[237] y 2010. A partir de 2011, es China quien pasa a ocupar ese lugar, seguido de EE.UU. y Colombia como tercera. En las casillas correspondientes a Irán o Rusia, ni siquiera aparecen datos. Si se evalúan las importaciones (hasta 2011) ocurre algo similar: tampoco aparecen los países antes citados, y Estados Unidos nuevamente se sitúa en la primera posición con un 27,7% del total del valor de las mismas, lo que representa un incremento en la cantidad, pero una disminución porcentual que en 2010, era del 30,40%. Detrás figuran China, Brasil, Colombia, España, Argentina y otros[238]. Algunos autores -Rojas entre ellos- analizan la conjunción de estos temas político-económicos y de relaciones internacionales, de la siguiente forma:

Cuando se produce el fin de la Guerra Fría aparece un nuevo concepto, “de las relaciones internacionales de seguridad pasamos a las relaciones internacionales de mercado”; con lo que se indicaba que de la “alta política” pasábamos a la “baja política”. ¿Vamos a recuperar la alta política? ¿La seguridad adquirirá, nuevamente, un predominio esencial? Mi impresión es que no. Vamos a seguir en las relaciones internacionales de mercado, aunque con mayor peso y presencia de la seguridad internacional. También se reforzarán reglas de carácter global, en particular, las referidas al terrorismo y a los riesgos derivados de las capacidades y potencialidades en el uso de las armas de destrucción masiva.

  masiva.﷽ destruccir las referidas al terrorismo y a los riesgos derivados de las capacidades y potencialidades en el uso de la

 

La red internacional sugerida se ha conformado sobre un eje común que se sustenta en un mismo discurso, basado en “una retórica anti estadounidense y anti imperialista”, en la promoción, investigación o intercambio de petróleo y el refinamiento del mismo y en apoyar el programa nuclear iraní. De hecho “Venezuela y Cuba fueron dos de los tres países que votaron a favor del programa nuclear iraní en la Agencia Internacional de Energía Atómica de Naciones Unidas en febrero 2006”[239]. Sin embargo, también se han suscrito acuerdos entre varios países de la zona para el desarrollo o promoción de industrias como fábricas de tractores, bicicletas, autobuses y automóviles, entres otros, además de fábricas de cemento y diferentes iniciativas energéticas[240].En palabras de Colmenares: “A partir del año 2005, el Presidente venezolano señaló que se trata de conformar un modelo político-económico bautizado como “socialismo del siglo XXI”, siendo ambas denominaciones utilizadas hoy en día como sinónimas” [la otra es revolución bolivariana][241].

Relacionado con lo anterior, es de destacar la presencia de embajadores de ciertos países latinoamericanos en Teherán y viceversa, lo que viene a corroborar el estrechamiento de lazos no sólo comerciales, sino también políticos. Botta, en las conclusiones de su trabajo, recoge lo siguiente:

Así se abrió una embajada en Bolivia (en septiembre de 2007), en Ecuador (en enero de 2009) y se reabrió la embajada en Colombia (enero de 2007), en Chile (abril de 2007), en Nicaragua (octubre de 2007). Hoy, Irán mantiene embajadas residentes en los siguientes países latinoamericanos: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, México, Nicaragua, Uruguay y Venezuela. Por su parte, el embajador iraní en Uruguay atiende en forma concurrente las relaciones con Paraguay, mientras que el de Colombia atiende las relaciones con Perú[242].

Se podría aseverar que se ha conformado una extensa “red diplomática” capaz de actuar conjunta o concurrentemente y de promover acciones políticas que sustenten los vectores estratégicos antes descritos o aquellos otros que se puedan linear en el futuro en el marco de la “nueva alianza”.

Las declaraciones del presidente Ahmadinejad, recogidas también por Botta[243], reflejan a la perfección los intereses finales de todo este entramado que se ha descrito:

Mientras los países occidentales trataban de aislar internacionalmente a Irán, nosotros fuimos hacia el “patio trasero” de los Estados Unidos. Mi discurso más antinorteamericano fue hecho en Nicaragua. El incrementar las relaciones con América Latina fue una movida muy inteligente[244].

Lo que justifica las declaraciones del general Douglas Fraser en su comparecencia ante el Comité de las Fuerzas Armadas del Senado de los Estados Unidos, en fechas previas a su designación como Comandante del Comando Sur (U.S. SouthernCommand, Miami, Fla.  USSOUTHCOM) en 2009:

Yo también estoy preocupado por la intromisión de Irán en América Latina. Irán es un estado que apoya al terrorismo. Irán ha incrementado sus esfuerzos diplomáticos en la región y ha iniciado relaciones comerciales con muchos de esos países. Pienso que el objetivo de Irán es tratar de disminuir la influencia de los Estados Unidos en la región así como el de apoyar a aquellos estados que tienen un mensaje ideológico antinorteamericano.

La mayoría de los países de la región parecen dar la bienvenida a Irán como un potencial socio económico[245].

Y más tarde, en marzo de 2011, en su comparecencia ante el Congreso de los Estados Unidos, agregaría:

Finally, Iran continues expanding regional ties to support its own diplomatic goal of reducing the impact of international sanctions connected with its nuclear program.  While much of Iran’s engagement in the region has been with Venezuela and Bolivia, it has nearly doubled the number of embassies in the region in the past decade and hosted three regional heads of state in 2010. Currently, Iranian engagement with Venezuela appears to be based on shared interests: avoiding international isolation; access to military and petroleum technologies; and the reduction of U.S. influence.  Together with our interagency partners, U.S. Southern Command will continue to monitor Iranian activity in the region consistent with law and policy to ensure that U.S. laws and international sanctions are respected, and that our existing partnerships remain  strong and well-functioning[246]. 

Esta inquietud la expresa Chaya (2010) de la siguiente forma:

Funcionarios de inteligencia occidental han revelado su preocupación por el avance islamista en el continente latinoamericano. Los informes avanzan específicamente sobre personas de origen pakistaní, afganas e iraníes principalmente en Venezuela, Cuba y Nicaragua, quienes habrían establecido una base de operaciones en América Latina y cuyo centro operacional estaría ubicado en Venezuela.

Varias han sido las hipótesis -respecto de los fines de estos grupos- que van desde la intención de crear células operativas para secuestrar hombres de negocios de origen judío en América Latina, para trasladarlos luego al Oriente Medio, como también que intentarían utilizar a Venezuela como base para infiltrarse en los Estados Unidos con documentación provista por el régimen[247].

Y también refuerza el teniente general Ronald L. Burgess: [248]

The Qods Force[249] maintains operational capabilities around the world. It is well established in the Middle East and North Africa, and recent years have witnessed an increased presence in Latin America, particularly in Venezuela [author emphasis]. As U.S. involvement in global conflicts deepens, contact with the Qods Force, directly or through extremist groups it supports, will be more frequent and consequential[250].

En relación con las fuerzas Quds (Qods) a las que alude el militar norteamericano, es preciso indicar que son citadas en otros informes en los que se habla del alcance de las mismas:

          Según publicaciones en los medios de comunicación de EUA, en los últimos años la Fuerza Quds ha expandido sus actividades en varios países latinoamericanos, y particularmente en Venezuela.

          A fines de 2010, ex funcionarios de los servicios de inteligencia de Estados Unidos informaron a un periodista del Washington Post, que la presencia de oficiales de la Fuerza Quds y de militares iraníes de alto rango en las representaciones diplomáticas de ese país refuerza la capacidad de Irán de llevar a cabo actividades clandestinas, a veces con la complicidad de Hezbolá[251].

Para comprender la magnitud de la “red” internacional aludida con anterioridad, es preciso tener presente cuando comenta Farah en relación al apoyo -más allá del ya expresado-  que algunos países próximos a la órbita de la ALBA están teniendo de Irán[252]:

As noted above, of particular concern are the credible reports of ongoing and extensive Iranian training and equipping of the intelligence services of the Boliviarian states, particularly Venezuela, Bolivia, and Ecuador. This includes both equipment, primarily for communications intercepts, and training trips of Bolivarian state officials and military-age youth cadres to Iran.  It is also notable that in Bolivia and Ecuador, knowledgeable sources reported a significant increase in the Iranian military attaches being assigned to the region. This is unusual as the countries have traditionally have had little military interaction, and an indication of the increasing military-to-military ties that are developing. It is also worth noting that Hezbollah’s entre into countries is often through the offices of the military attaches under diplomatic cover, who often operates as a separate entity within the embassies[253].

En contraste con lo anterior y a pesar de los esfuerzos iraníes por extender sus vínculos con otros países latinoamericanos distintos de Venezuela, algunos estudios constatan que “no han tenido éxito hasta ahora”[254], ejemplificándose con diversos casos como la irrecuperable relación con Argentina[255]; la expulsión del Ministro de Defensa iraní de Bolivia en 2011[256]; el alejamiento de Brasil desde la llegada al poder de Dilma Rousseff y la tensión con Colombia y México. Tampoco parece haber “conseguido hasta ahora, dañar las relaciones de los países más importantes con Israel (a excepción de Venezuela)”[257]. Sin embargo, podría ser que, particularmente en Brasil, Irán intente consolidar su presencia:

But Iran is also solidifying its presence in Brazil by other means. For instance, along with its terrorist proxy Hezbollah, which maintains a significant presence in the tri-border region where Brazil, Paraguay, and Argentina intersect, Iran is involved in various activities, like drug smuggling and money laundering[258].

Si bien, la política brasileña es vista desde otro ángulo por analistas que estiman que la seguridad nacional puede llegar a modificar los anteriores planteamientos:

En última instancia, sin embargo, Brasilia va a verse obligada a tomar medidas. Debido a que Brasil es el anfitrión del Mundial de fútbol 2014 y los Juegos Olímpicos de 2016, la seguridad nacional se ha convertido en una preocupación cardinal. Como resultado, el parlamento brasileño está considerando dos piezas separadas de la legislación relacionada con el terrorismo. Si se aprueba, se reforzaría el marco jurídico de lucha contra el terrorismo en el país. También empiezan a limitar la capacidad de los malos actores, como Irán y sus aliados terroristas, de la explotación del país como parte de su intrusión creciente en las Américas[259].

A todo lo anterior, hay que unir el actual y permanente debate sobre el deterioro de los principios democráticos en Venezuela, algo que ha sido evidenciado y comentado por el Secretario General de la OEA y que presenta al país con un cierto (preocupante) grado de autoritarismo ejercido por el gobierno chavista. La aprobación nuevamente -a finales de 2010- de la Ley habilitante[260] que permitió que el presidente Chávez contara con absolutos poderes en algunas áreas de gobierno, llevó al señor Insulza a declarar que “el equilibrio de poderes es un tema que está en la carta democrática interamericana y creo que cuando se dictan leyes como la Ley habilitante, con la duración que tiene, es un tema que sí es preocupante”[261]. Al debate se han sumado otras personalidades de la política internacional, como la representante republicana por la Florida, Ileana Ros-Lehtinen[262]quien manifestó en el mismo medio: “La OEA y sus estados miembros deben dejar claro que están con el pueblo venezolano, que rechaza cada día más la agenda de Chávez…., elegir no tomar posición en la batalla entre la tiranía y la democracia en Venezuela sólo ayuda al lado de la tiranía”[263]. El congresista republicano por Florida, Connie Mack, también declaró a la prensa que el presidente venezolano apoya al terrorismo y está amenazando la libertad y la democracia del hemisferio[264].

Aunque las leyes norteamericanas permiten -al entender de muchos analistas- la posibilidad de incluir a Venezuela como país que apoya al terrorismo, tal y como Walser indica: ”TheAntiterrorismanEffectiveDeathPenaltyAct of 1996 authorizedtheSecretary of State, withtheconcurrence of theAttorney General and theSecretary of theTreasury to designate FTO, [ForeignTerroristOrganizations]”[265], se han suscitado diversas reacciones que han generado distintos debates en el seno de las grandes potencias -que en definitiva son quienes inciden en la toma de estas decisiones- sobre si es conveniente que Venezuela sea incluida en la lista de países que no cooperan con el sistema internacional o promueven el terrorismo. Sin embargo, el análisis de expertos coincide en que ello no se producirá de momento, al menos mientras la situación no cambie ostensiblemente y el primer socio comercial venezolano o uno de los más importantes, (en importaciones y exportaciones) sea los Estados Unidos. Las presiones comerciales parece ser que terminarán primando en las decisiones políticas y posiblemente no se produzca tal inclusión en el corto plazo. En conclusión y en palabras de Max Manwaring, citado por Colmenares: “Por consiguiente, parece que este guerrero astuto [Chávez Frías] está preparado para desestabilizar y facilitar el proceso de fracaso del Estado y, así, ‘destruir para reconstruir’ en forma verdaderamente revolucionaria”[266]. En todo, caso tanto el gobierno norteamericano como la Unión Europea han sancionado a organismos y ciudadanos venezolanos por diversos motivos: Petróleos de Venezuela, por violar leyes norteamericanas que buscan frenar el programa nuclear; la Compañía Anónima Venezolana de Industria Militar (CAVIM), por exportación de explosivos a Irán; otras sanciones por aspectos relativos al tráfico de personas y a la guerra contra el narcotráfico; no autorización de licencias para proveer artículos de defensa y servicios relacionados (embargo militar); restricción en asistencia y otras cooperaciones empresariales; inclusión del ex ministro del interior -Ramón Rodríguez Chacín- y los jefes de los servicios de inteligencia en la lista de narcotraficantes activos del Departamento del Tesoro; sanciones a diversas personas por colaboración con organizaciones terroristas y otras muchas. A fin de cuentas se puede vislumbrar todo un entramado financiero y político, incluso con vínculos internacionales (iraníes), como es el caso del Banco Internacional de Desarrollo del que determinados informes indican:

El Banco Internacional de Desarrollo (BID) de Venezuela, filial del ExportDevelopment Bank de Irán (EDBI), figuró en agosto de 2010 entre las entidades que la UE sancionó por supuestos vínculos con el programa nuclear iraní. 

Ya en octubre de 2008, Estados Unidos designó tanto al EDBI y su subsidiario en Venezuela -el BID-, por proporcionar o intentar proporcionar servicios financieros al Ministerio de Defensa iraní y las Fuerzas Militares, entre ellas la Guardia Revolucionaria, un brazo paramilitar de Teherán. 

Por el momento EE.UU., la UE y la ONU analizan si ha habido más violaciones a sus legislaciones sobre Irán y la lucha antiterrorista[267].

De una forma sistemática y abreviada, las relaciones Irán-Venezuela pueden resumirse en los siguientes puntos[268]:

a. El plano político estratégico: Irán detecta un punto de encuentro político e ideológico con varios países latinoamericanos que puede serle útil para romper el aislamiento diplomático en el que se encuentra, y reforzar el "bando de la resistencia" bajo su liderazgo. Irán también ve en América Latina un terreno fértil para provocar y hasta desafiar a Estados Unidos mediante una acción intensiva en diferentes campos: una mayor cooperación política y militar con esos países, una penetración económica en el área y una amplia actividad de difusión del islam chiíta, y de exportación de la revolución islámica en América Latina.

b. El plano económico: Irán centra sus relaciones económicas con los países latinoamericanos en las áreas del petróleo y la energía, intentando expandirlas, entre otros motivos por ver en ellas un medio de soslayar las sanciones que se le han impuesto. Sus vínculos con Venezuela le permiten  coordinar los precios del petróleo con un gran país exportador (Irán y Venezuela ocupan el cuarto y quinto lugar en el mundo, respectivamente, entre los países exportadores). Además, Irán tiene interés en aprovechar los minerales de uranio de Venezuela y de otros países latinoamericanos (Venezuela declaró públicamente en 2009 que Irán le estaba ayudando en las exploraciones para encontrar uranio en el país). Aún así, la cooperación económica entre Irán y América Latina sigue siendo de alcance limitado y representa sólo una pequeña porción del total del comercio exterior iraní. 

c. Construcción de una infraestructura destinada a hacer mella en las relaciones de Israel con América Latina: Como en el caso del rompimiento de las relaciones diplomáticas por parte de Venezuela y Bolivia durante la operación "Plomofundido". Más aún, las estrechas relaciones de Irán con Venezuela y otros países crean un ambiente, e incluso una infraestructura política interna (fomentada por la propaganda iraní), que  promueve acciones en contra de las comunidades judías residentes en esos países (como en otros sitios del mundo, en muchos casos no se distingue entre actos en contra de Israel y atentados contra las comunidades judías).

d. Construcción de infraestructuras clandestinas de inteligencia y terrorismo. Le otorgan a Irán, por intermedio de la  Fuerza Quds y otros organismos, la opción operativa  de reaccionar o de emprender  operaciones terroristas en contra de Israel y de Estados Unidos de forma corriente, o "en la fecha de la orden" y ello con la asistencia de las capacidades subversivas y terroristas de Jezbolá, que sigue mostrándose muy activo en América Latina y expandiendo su presencia en el área de la delincuencia (tráfico de drogas, falsificación de moneda y otros delitos).

Interesante resaltar cómo el interrogante sobre la capacidad operativa tanto de Irán como de Hezbolá en América Latina, figura en más de un informe y análisis. Algunos[269] la clasifican en tres grandes grupos:

1.      Las que puedan contar las distintas embajadas iraníes desplegadas en el hemisferio.

2.      Las que puedan generar las diferentes comunidades musulmanas, más o menos organizadas en el mismo espacio.

3.      Aquellas que de forma circunstancial o esporádica, producto de un determinado modus operandi, se puedan conformar sobre la base de terroristas enviados específicamente para organizar o colaborar con elementos locales.

Además de las generalizaciones anteriores, se pueden agregar referencias mucho más concretas sobre las mismas:

Se destacan las vinculaciones de Jezbolá con los carteles mexicanos y colombianos, y la presencia de Jezbolá en las zonas de libre comercio de Sudamérica (como en la “Triple Frontera” entre Brasil, Argentina y Paraguay, o en la Isla Margarita en Venezuela)[270].

En definitiva, hay suficientes evidencias que constatan una red, un inicio (al menos) de estructura organizativa que conforma la presencia del terrorismo islamista en el continente, lo que debería ser suficiente para prestar una atención especial a la amenaza y visualizar, tal y como se sugirió con anterioridad, la estrategia conjunta a emprender en orden a confrontarla.

5. Guerrillas, terrorismo, movimientos insurgentes y otros

Entender la relación entre terrorismo y guerrilla, vocablos que fueron empleados en su momento como sinónimos en diversos foros latinoamericanos, es un punto esencial que permite comprender mejor la discusión en el entorno del derecho internacional (en esta temática) en el hemisferio latinoamericano.

Hasta la década de los ochenta -en determinados países incluso avanzados los noventa- diversos movimientos subversivos o de liberación -según la perspectiva de estudio y análisis- estuvieron activos en el continente americano. Para confrontarlos (y combatirlos), algunos ejércitos justificaron la toma del poder por la fuerza y militares permanecieron al frente de gobiernos por décadas, lo que generó el otro polo del problema. Durante la Guerra Fría en particular, se dieron al menos dos situaciones opuestas (“dictaduras-movimientos de liberación”) que generaron -y todavía lo hacen- una polarización político-social reflejada en gran medida en muchos países del continente[271]. De un lado, los grupos que pretendían subvertir el orden establecido, y de otro, las fuerzas militares que ostentaban el poder (o eran utilizadas por grupos que realmente lo ejercían) de forma no democrática. No es hasta mediados de los noventa (1996 exactamente), que el proceso de paz de Guatemala pone fin, de alguna forma, a los enfrentamientos armados internos, con excepción del que todavía persiste en Colombia, si bien puede ser considerado (y de hecho lo es) un tanto diferente por la evolución de los acontecimientos, especialmente en la última década y más concretamente en la actualidad, con la apertura de un nuevo proceso de diálogo y negociación.

La idea de establecer diferencias entre conceptos como terrorismo, guerrilla[272], conflicto armado o dictadura en la región latinoamericana, no es del todo fácil. Al menos como lo ha podido ser, conceptualmente hablando, en otros lugares. Para el imaginario social de ciertos sectores, el guerrillero es un terrorista, pero no para otros; además, como complicación agregada, el terrorismo internacional ha intentado ligarse al narcotráfico, al crimen organizado transnacional o a la propia actividad subversiva, y no a un movimiento específico o actividad concreta tal como ha sido considerado por otros autores.

Esa percepción, posiblemente producto -al menos en parte- de la información difundida por los diferentes medios de comunicación, alinea, en cierto sentido, a muchos ciudadanos que no cuentan con elementos para diferenciar algunos de los términos indicados y que los usan, al igual que en los medios, de manera indistinta. El profesor Carrasco[273] ilustra claramente la situación con un ejemplo:

En un estudio realizado en la Universidad de St. Andrews (Escocia), se analizaron ocho titulares de prensa que describían un mismo hecho, encuadrado en las actividades terroristas en Palestina entre los meses de junio y diciembre de 1973, y se comprobó que seis de ellos utilizaban el término “guerrillas” y sólo dos el de “terroristas” para referirse a los autores.

Y más adelante agrega: “A pesar de que el estudio de la Universidad de St. Andrews se refiere a 1973, en la actualidad se puede afirmar, sin temor a equivocarse, que la situación no ha variado sustancialmente”[274]. Es decir, tal y como el mismo autor concluye: “El uso del término ‘organización terrorista’, se ha desnaturalizado tanto en el ámbito informativo que los medios de comunicación no vienen más que a agravar la ya de por sí generalizada confusión terminológica en materia de terrorismo".

Ese escenario promovió, especialmente desde finales de los noventa, que determinadas organizaciones internacionales como la OEA, buscaran afanosamente consensos que permitieran ir avanzando en la convergencia definitoria de conceptos fundamentales, lo que se puede evaluar como un esfuerzo muy positivo. Sin embargo, ese progreso no se ha llevado a cabo a la misma velocidad que en otros países o regiones, aunque no es menos cierto que la voluntad se ha puesto de manifiesto en diferentes Cumbres o reuniones de mandatarios u otros foros especializados. En la Declaración de Quito de 2004 (Sexta conferencia de Ministros de Defensa de las Américas)[275], se hace referencia a la necesidad de implicar a todo el Estado y no solamente a las fuerzas de seguridad y a las fuerzas armadas, en la lucha contra las nuevas amenazas[276] -entre ellas el terrorismo- lo que representa un importante hito sobre la percepción que tenía (e incluso tiene) la ciudadanía de los ejércitos latinoamericanos y un cambio de postura en la relación con la institución armada, especialmente si consideramos la tradicional animadversión percibida, fundamentalmente, a través (nuevamente) de los medios de comunicación:

“La identificación entre el concepto de seguridad nacional y el establecimiento militar, de un lado, y la preponderancia y la exclusividad castrense en la generación de una visión sobre el tema, de otro, han hecho que, en América Latina, entre los intelectuales exista una aversión más o menos extendida a tratar temas referentes a seguridad”[277].

Idea que el propio autor enfatiza y subraya al indicar más adelante: “El riesgo mayor a mi juicio es que las exigencias de la lucha contra el terrorismo o contra el crimen organizado derivado de las drogas ilícitas lleve a recurrir a las fuerzas militares para estas tareas”[278]. Todo lo anterior contrasta, sin embargo, con las últimas mediciones del latinobarómetro[279], donde las fuerzas armadas latinoamericanas ocupan una interesante posición histórica en aceptación entre la población de los distintos países, únicamente superadas continuadamente por las iglesias y la televisión (u otros medios de comunicación ), y muy por encima de otras instituciones políticas del Estado como el propio Gobierno, el Congreso (Parlamento), los órganos de justicia o la policía.

Con ese panorama general de discusión y aceptación, comienza el nuevo siglo y la revolución bolivariana venezolana promueve un rumbo distinto al que parecía que iba a seguir la región. Uno de los elementos indicativos de ello fue la reserva hecha a ciertos artículos o acuerdos, por parte de Venezuela, en determinadas declaraciones realizadas por la OEA u órganos adscritos a la misma. Este nuevo rumbo o cambio respecto del que se venía observando, supuso una visión diferente de la que parecía venir consolidándose y varios eventos particulares así lo pusieron de manifiesto. El primero fue la consideración de fuerza beligerante por parte del mandatario venezolano a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) tras el incidente en Ecuador, en donde el ejército colombiano atacó y destruyó un campamento del grupo armado[280]. El segundo fue la postura también del mandatario venezolano, en relación con el ingreso de Cuba en la OEA y, finalmente, el tercero por limitar los ejemplos, la reacción de los miembros de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA) ante los hechos ocurridos en Honduras en 2009 (salida del entonces presidente Zelaya) y el cambio de posición, por ese entonces, sobre el futuro rol de la propia OEA, hoy confrontada tras la conformación de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).

Todo ello, perfila una nueva era en materia de consenso y acuerdos en el seno de la organización regional y un importante cuestionamiento público y político de la misma, producto del desgaste por el manejo cuestionable de ciertos temas y su “acercamiento-distanciamiento”[281] respeto de la geoestrategia venezolana, de la que es necesario analizar algunos aspectos que sirvan para contextualizar la temática jurídica que se aborda más adelante.

En relación con lo anterior, es de destacar la discusión (y posterior decisión) en el seno del comité de Asuntos Exteriores del Congreso de los Estados Unidos, donde se aprobó una enmienda destinada a eliminar todos los aportes estadounidenses a la OEA- US$48 millones anuales- alegando que “la institución se ha convertido en una herramienta de Venezuela y Cuba”. Además, en la misma sesión, se aprobó la eliminación de las ayudas externas destinadas a Argentina, Venezuela, Nicaragua, Ecuador y Bolivia, lo que evidenció un golpe de timón político en relación con esos países que, como se ha indicado y se insiste en el trabajo, están en la órbita de países de la ALBA[282].

Estratégicamente relacionado con lo anterior, también es significativo, al menos para un cierto número de analistas, el debate provocado en torno a las competencias que tiene (o debe tener) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana. Se pudiera entender que algunos gobiernos que impulsan esta discusión[283]pretenden evitar el protagonismo que la CIDH ha tomado en relación, por ejemplo, a las medidas cautelares que impone ante ciertos litigios y que afecta directamente a la política interna de muchos gobiernos. Es decir, gobiernos que no gustan de sentencias, condenas o declaraciones de “carácter obligatorio” que se promulgan por dicho ente y que no están dispuestos a acatar, además de otras situaciones similares[284].  En este sentido, la denuncia de la Convención América sobre Derechos Humanos por parte de Venezuela es un hecho que corrobora lo indicado e impedirá en el futuro que dicho organismo pueda realizar condenas, declaraciones o elaborar informes que tengan impacto en ese país[285], tal y como la comisión recoge en su página:

Sin embargo, resulta de suma preocupación a la Comisión Interamericana que, a partir de la entrada en vigencia de la denuncia, las violaciones a los derechos humanos que pudieran ocurrir en Venezuela no podrán ser conocidas por la CIDH. Esto significa que, si el Estado lleva a término el procedimiento iniciado, los y las habitantes de Venezuela perderán una instancia de protección de sus derechos humanos, quedarán más vulnerables a los abusos y tendrán menos recursos disponibles para defenderse[286].

Todo un debate que puede coadyuvar a definir el marco conceptual de esa “nueva etapa” de la organización que se propuesto[287] y que, con la conformación de la CELAC, puede tomar un nuevo derrotero.

 

6. El particular caso venezolano

La proclamación de Hugo Chávez como presidente de Venezuela, en 1999,  es el punto de arranque a partir del cual las relaciones con algunos países señalados de alentar el terrorismo global, tal como Irán, se han ido estrechando progresivamente. Las visitas del presidente Ahmadinejad, de alguno de sus ministros o de personalidades iraníes han sido frecuentes y hasta numerosas a los países con influencia venezolana. ¿Cuál es la razón de este acercamiento de Irán? ¿A qué obedece y qué intereses persigue? Tresimportantesrazonesnosapunta Ely Karmon:

First, he is seeking Latin American support to counter U.S. and European pressures to stop Iran from developing nuclear capabilities. Venezuela and Cuba were, alongside Syria, the only three countries that supported Iran’s nuclear program in a February 2006 vote at the United Nations’ International Atomic Energy Agency. Second, Ahmadinejad wants to strike back at the United States in its own hemisphere and possibly destabilize U.S.-friendly governments in order to negotiate with Washington from a position of greater strength.  Third, Ahmadinejad’s popularity at home is falling, and he may want to show his people that he is being welcomed as a hero abroad[288].

Y, algunas más, el periodista e investigador Douglas Farah:

This presence [se refiere a Hezbollah] has grown in scope and sophistication over the past years as Iran’s Mahmoud Ahmadinejad has successfully built close alliances with several governments in Latin America, led by Hugo Chávez in Venezuela. These alliances afford Iran and its proxy elements state cover and effective immunity for its covert activities. This includes: unfettered access to global banking facilities, ports and airports; mining of precursor elements for WMD and advanced weapons systems fabrication; and, a regional base for infiltration and contingency operations aimed at undermining the U.S. and its interests, while also abetting corruption and the notable buildup in conventional arms manufacturing[289].

En todas ellas podemos anclar determinados vectores geoestratégicos y acciones de la política venezolana y la de otros países afines, especialmente en lo que se refiere al desarrollo nuclear, al apoyo a activistas terroristas o próximos a grupos afines al terrorismo global y a la crítica de confrontación con los EE.UU.

La retórica y los proyectos chavitas generan una inquietud más que razonable. De hecho, el liderazgo al que aspira el presidente venezolano ha sido un elemento permanentemente desestabilizador en la región, máxime cuando ha logrado este objetivo, de manera indiscutible, cuanto menos, entre los gobiernos alineados, en torno a sus propuestas. Gobiernos que forman parte del ALBA y comparten el ultranacionalismo y el antiimperialismo chavista[290].

Un informe de 2008 del Carnegie Endowmentfor International Peace, recogía la posibilidad de extraer uranio de Venezuela que podría ser utilizado en Irán o incluso en Rusia:

Los ex funcionarios venezolanos han estimado que Venezuela podría tener 50.000 toneladas de uranio, aunque esta cantidad no se ha evaluado de forma fiable. Venezuela no hace minería del uranio, pero la reciente colaboración con Irán en minerales estratégicos ha despertado rumores de que Venezuela podría extraer uranio para Irán. Uno de los elementos consignados en el acuerdo marco Rusia-Venezuela es la asistencia en el desarrollo del uranio[291].

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